- Nota de urgencia de la reunión mantenida por videoconferencia con la Subdirección de Acceso y Promoción del personal de la Administración de Justicia, sobre la aplicación de la Orden del ministro de Justicia al ámbito no transferido
CCOO TRASLADA AL
SUBDIRECTOR NUESTRA PERPLEJIDAD DE NUEVO ANTE LAS DECISIONES DEL MINISTERIO DE
JUSTICIA: NI GARANTIZA LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN QUE EXIGE LA AUTORIDAD
SANITARIA, NI PERMITE LA PARALIZACIÓN DE ACTIVIDAD EN LOS CENTROS DE TRABAJO EN
LOS QUE ESTOS MEDIOS NO SEAN SUFICIENTES
Hemos mantenido una reunión por videoconferencia con el subdirector y los sindicatos representativos, para la aplicación de la orden del ministro de Justicia, publicada en el BOE el sábado pasado, en el ámbito no transferido.
Esa orden rechazada con la máxima contundencia por CCOO, llevará, en su aplicación práctica, como ha advertido CCOO al subdirector de nuevo, a la presentación de numerosas denuncias, por el incumplimiento de las medidas de seguridad, que nuestro sindicato va a vigilar de forma escrupulosa, para que no se ponga en riesgo al personal.
En la reunión, el subdirector ha obtenido nuestro rechazo total a la pretensión de fijar los porcentajes de plantilla presencial a partir del 12 de mayo en base a un concepto que el Ministerio de Justicia ha impuesto unilateralmente: porcentaje superior o inferior al 25 % de personas teletrabajando sobre el total de la plantilla del ámbito. Si el porcentaje de teletrabajo en el ámbito es inferior al 25 % de la plantilla, la dotación presencial será la mayor. El otro concepto que ahora utilizan, que CCOO les ha exigido que fuera determinante, es la fase en la que se encuentra cada provincia según la Autoridad Sanitaria. Ejemplo: porcentaje inferior al 25 % con teletrabajo en una provincia, o ámbito, en fase 0 sanitaria: se le asigna la dotación superior, 35 %. En idéntico caso pero en provincia con fase 1: se le incluirá con la dotación superior, 40 %.
De esa manera, fijan para la mayoría de las provincias y OOCC los porcentajes más altos de un 35 % de plantilla presencial o hasta de un 40 %. A esa misma hora, estaba reunido el secretario general del Ministerio de Justicia con los secretarios de gobierno, por lo que el documento definitivo de plantillas presenciales desde el 12 de mayo, aún no está ultimado por el Ministerio, y pudiera sufrir algunos cambios. Esperemos que rectifiquen, como exige CCOO.
CCOO también ha protestado y ha mostrado su total desacuerdo con otras decisiones del Ministerio de Justicia. Entre otras medidas que rechazamos, se encuentran:
- Que el Ministerio de Justicia decida unilateralmente que los porcentajes presenciales se calculen sobre plantilla orgánica total de cada centro de trabajo y no sobre plantilla efectiva, una vez descontadas las personas que se encuentran de permiso debidamente justificados o son personas de riesgo. Esta decisión obliga a las personas, que no tienen ningún permiso justificado, asistir mayor número de veces presenciales en esta fase, lo que produce un desequilibrio entre órganos y personas, inaceptable.
- La imposición en la fase 1 en la Administración de Justicia a todas las provincias que la Autoridad Sanitaria ha mantenido en la 0, como Castilla y León (en su mayoría), 3 provincias de Castilla La Mancha, Comunidad de Madrid (OOCC), como si la autoridad sanitaria careciera de competencias en la Administración de Justicia.
Desde CCOO preguntamos, ¿alguien en el Gobierno exigirá al ministro de Justicia a cumplir con la legalidad en la Administración de Justicia?
- Los permisos justificados por patologías aceptadas por la Autoridad Sanitaria como permisos recogidos en su norma, así como el de los mayores de 60 años, necesitarán para su otorgación, informe del servicio de prevención, que certifique que dicha persona está excluida mientras dure la pandemia.
- El Ministerio de Justicia ha rechazado otra vez nuestra reclamación, en cumplimiento de la legalidad, de que sean los comités de seguridad y salud y los delegados/as de prevención los que tengan competencia para paralizar la actividad si se incumplen las medidas de seguridad.
- El sistema de teletrabajo debe impulsarse de forma efectiva, y con criterios de concesión absolutamente objetivos, de forma que se logren elevar sustancialmente las personas que puedan acogerse. El número que se ha aceptado es claramente insuficiente.
- CCOO rechaza categóricamente que ningún LAJ o secretario de gobierno pueda incrementar por su cuenta los porcentajes de plantilla presencial.
- El Ministerio de Justicia ha violentado la negociación colectiva: ha convocado reuniones para justificar su actuación ante eventuales recursos judiciales, mientras no recogía la mayoría de nuestras propuestas, principalmente aquellas que solo buscaban lograr que la norma recogiera las garantías para la salud del personal.
- Los medios de protección deben ser obligatorios como las mascarillas, los guantes y geles, y que se realicen los test al personal que garantice que en la incorporación cada vez mayor, no se produzca un rebrote de la pandemia
Este es el cuadro resumen de porcentajes de plantilla presencial desde el 12 de mayo, que podría tener alguna modificación en el definitivo, que ha sido entregado en la reunión con el subdirector: