LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA AL BORDE DEL PRECIPICIO EN SORIA


11 may 2020



El Ministerio de Justicia se niega a reconocer que la Administración de Justicia tiene que cumplir estrictamente con lo que establezca la Autoridad Sanitaria para cada ámbito territorial: no se puede aceptar que SORIA siga en la fase 0 y los servicios de Justicia de esa localidad en la fase 1, como si el personal de Justicia y quien tenga que acudir a las sedes judiciales fueran ciudadanía de segunda, que no tienen derecho a la misma protección de su salud que el resto

Desde CCOO tras la publicación en el BOE en el día de ayer de la Orden por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19, queremos poner de manifiesto:

El Ministerio de Justicia pone en peligro la Seguridad y Salud  de los Trabajadores de la Administración de Justicia en Soria así como los ciudadanos que deberán acudir a la misma, al pasar el martes 12 de mayo a fase 1, mientras nuestra provincia continua el fase 0, teniendo en cuenta que ha sido una de la más castigadas por la pandemia, esto es debido a que el Ministerio de Justicia se ha plegado a los intereses económicos, que exigen la puesta en marcha de la Administración de Justicia, sin haber dotado a la misma de los medios de protección y sin las garantías necesarias para la protección de los trabajadores, a modo de ejemplo después de la recepción con cuenta gotas de mascarillas y geles, actualmente tenemos juzgados que no tenemos ni para un único trabajador, mientras que el martes supondrá la reincorporación del 30/40 de la plantilla de los Juzgados, tampoco se dispone de pantallas de protección, salvo en el Registro Civil, en este caso la Gerencia de Burgos hace meses que lleva informando de que en breve se recibirán, mientras en ciudades de nuestra comunidad hace semanas que disponen de ellas en todos los Juzgados.

Mientras en sus notas reconoce que dos tercios de los trabajadores están tele trabajando, a esto tenemos que añadir que los funcionarios de la Administración de Justicia, están realizando dicha actividad voluntariamente, y con sus propios medios, poniendo a disposición de la ciudadanía sus ordenadores, servicio de internet, electricidad, contratación de antivirus… sin garantía alguna de reintegro por parte de la Administración, y sin el reconocimiento debido, y no siendo el total de la plantilla, debido a la falta de dichos medios por parte de los trabajadores. De la noche a la mañana se obliga a la reincorporación progresiva de la plantilla sin las debidas garantías y sin lógica alguna pues los trabajadores están en sus domicilios sacando adelante el servicio de la administración de Justicia.

UNA VEZ MÁS, HAN ANTEPUESTO LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO ESENCIALES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS como ya están haciendo desde que aceptaron la presentación de escritos y la práctica de diligencias no esenciales, incluyendo la práctica de actos de comunicación y ejecución no telemáticos que se niegan a prohibir como CCOO ha propuesto insistentemente.

En cuanto a las medidas preventivas, las planteadas se establecen de una forma vaga y poco concisa y no son más que una mala copia de las establecidas con carácter general por la autoridad sanitaria, a la que, sin embargo, no hacen caso en la obligación que también tienen de evaluar los riesgos en cada una de las oficinas y puestos de trabajo y, tras esa evaluación de riesgos, disponer las medidas preventivas necesarias para evitar o reducir al máximo posible el riesgo de contagio; esto es lo que dice la Ley, lo que dicen las autoridades sanitarias, lo que propone CCOO y lo que se niega a aceptar el Ministerio de Justicia.

Básicamente, las medidas preventivas que plantea el ministerio se reducen a guardar la distancia de seguridad entre el personal y con el público de 2 metros, aun cuando saben que esta medida es en la práctica imposible de garantizarse en la inmensa mayoría de los centros de trabajo, donde el movimiento del personal para acceder a las impresoras, fotocopiadoras, teléfonos, aseos, etc., es constante y donde público y profesionales acaban teniendo que acercarse más de esos dos metros para la práctica de diligencias y celebración de vistas y comparecencias.

CCOO ha exigido al ministerio el uso obligatorio de mascarillas para el todo el personal, público y profesionales y de mamparas para la atención al público. Hemos pedido que las medidas preventivas sean de obligado cumplimiento por la administración y por el personal y que donde no se cumplan se paralice temporalmente la actividad hasta que se subsanen las deficiencias. TODAS ESTAS PROPUESTAS DE CCOO TAMBIÉN HAN SIDO INCOMPRENSIBLEMENTE RECHAZADAS.

Todo ello justifica plenamente la oposición de CCOO a las medidas que pretende establecer el Ministerio de Justicia que, sin insiste en ello, tendrá que hacerlo sin contar con el acuerdo de los trabajadores y las trabajadoras cuya salud tiene la obligación de proteger.

Entre otras propuestas rechazadas también por el ministerio, además de las antes expuestas, destacamos:
  • Realización de test a todo el personal, o como mínimo cuando haya prescripción médica o del servicio de prevención. Imprescindible test previo a la reincorporación de todos los casos sintomáticos. 
  • Donde no sea posible la distancia de seguridad –p. ej. tomas de declaraciones-, mamparas y mascarillas FFP2.
  • Sistema de aislamiento con megafonía en las salas de vistas para los Auxilios Judiciales. 
  • No debe permitirse la ocupación de puestos dónde no se garantice la suficiente ventilación/renovación de aire. Si es de uso ocasional, limitarlo a una única persona.
  • Limpieza, desinfección y ventilación obligatoria cuando haya sospecha de algún caso de contagio.
  • Dotación de sprays para la limpieza y desinfección de teclados, ratones y otros utensilios de difícil limpieza. 
  • Directorio de teléfonos en los centros de trabajo para requerir la limpieza, desinfección y suministro de material de protección cuando sea necesario.
  • Cierre inmediato de los centros de trabajo con personas contagiadas hasta su total desinfección. 
  • No permitir la entrada de personas que presenten síntomas.
  •  Inscripción telemática de los nacimientos desde el hospital, sin posibilidad de decisión de los padres y madres al respecto. 
  • Incorporar zonas de estacionamiento, especialmente de bicicletas para reducir los traslados en transporte colectivo.
  • Sistema -p.ej. de interfono- para regular el acceso en los juzgados de paz y edificios sin servicios.
  • Acceso a la siguiente fase por acuerdo Administración-Sindicatos en base a la evolución de los datos de contagio.
  • No pasar a la siguiente fase si no existe Servicio de Prevención o no está dotado de los suficientes medios.
  • Elaboración de informe previo con participación sindical sobre capacidad de personas en cada oficina.

HEMOS CONOCIDO QUE EL CGPJ HA ALCANZADO UN ACUERDO CON LA EMPRESA QUE GESTIONA SU SERVICIO DE PREVENCIÓN  PARA LA REALIZACIÓN DE TEST A TODO EL PERSONAL DE LA CARRERA JUDICIAL

EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PERMITIR QUE UNAS POCAS PERSONAS PRIVILIGIADAS TENGAN ACCESO AL TEST MIENTRAS SE LE NIEGA A LA MAYORÍA DEL PERSONAL ES UNA AUTÉNTICA DESVERGÜENZA.

En el preámbulo, se eliminan incluso las referencias a la vinculación que debe existir para la vuelta a la normalidad según lo establezca la Autoridad Sanitaria, pues la Administración de Justicia no puede estar al margen de lo que suceda con la pandemia en el conjunto de la sociedad. Y se eliminan también las que establecen la necesidad de los medios y medidas de protección para el personal.

En el apartado cuatro de la orden, y en relación con la modificación de las fases, el ministro solo tendrá obligación de comunicarlo a la comisión de coordinación, en la que ya el ministro se aseguró previamente, que no formaran parte de la misma los sindicatos, que representan al mayor colectivo de personas expuestas en la Administración de Justicia al riesgo de contagio.

Se modifica la expresión “se establecerá” por “se procurará establecer” en el apartado 2.1 referente a guardar la distancia mínima de seguridad de 2 metros, violando el criterio de la Autoridad Sanitaria, porque sabe el ministro, como le acusa CCOO, de que en la Administración de Justicia con un 30% de personal presencial (¿qué pasará cuando deba acudir el 60 o el 100 %?) será imposible asegurar las medidas de seguridad.

El ministro de Justicia será responsable de una eventual extensión de la pandemia en la Administración de Justicia, pues no tendrá excusas: le hemos advertido que la orden no garantiza la salud del personal, ha hecho caso omiso a establecer medidas obligatorias de prevención, por lo que no podrá alegar desconocimiento

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