Atribución de manera exclusiva y excluyente o no excluyente a Juzgados en Castilla y León, publicación BOE


27 jun 2020



Se ha publicado en el BOE de 27 de junio del 2020, Acuerdo de 25 de junio de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, con efectos desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020

En Castilla y León, se atribuye con competencia territorial de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, con efectos desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre del 2020:
  • Provincia de ÁvilaJuzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Ávila, con competencia exclusiva y no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno
  • Provincia de SegoviaJuzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Segovia, con competencia exclusiva y no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno
  • Provincia de SoriaJuzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Soria, con competencia exclusiva y no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno
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