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RESUMEN CONVOCATORIAS DE ACCESO A LOS CUERPOS GENERALES Y ESPECIALES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


3 ene 2023


 


MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
  • Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.


  • Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso de méritos derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.


  • Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.

Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
  • Orden JUS/1316/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre en el Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por el sistema selectivo de concurso.


Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
  • Orden JUS/1320/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre al Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por el sistema selectivo de concurso oposición.

Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
  • Orden JUS/1321/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses por el sistema selectivo de concurso.

  • Orden JUS/1322/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses por el sistema selectivo de concurso oposición.

Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
  • Orden JUS/1323/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por el sistema de concurso.

  • Orden JUS/1324/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por el sistema de concurso-oposición.

Cuerpo Nacional de Médicos Forenses
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CONVOCATORIA PROCESO SELECTIVO POR ACCESO LIBRE PARA LOS CUERPOS GENERALES DE JUSTICIA


19 dic 2022


 

Se ha publicado en el BOE de hoy la convocatoria del proceso selectivo por el sistema general de acceso libre a los cuerpos generales de la Administración de justicia

II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
  • Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

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PREPARACIÓN OPOSICIONES CUERPOS GENERALES


17 oct 2022


 


Ante la inminente convocatoria de las oposiciones del turno libre  de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, se está formando grupo de preparación presencial en Burgos para afiliados a CCOO.
 
Como anunciamos anteriormente la formación será impartida por un profesor con años de experiencia en estas oposiciones en Burgos.

La preparación sería de dos horas a la semana, en el mismo día, a concretar en la reunión que se hará con el grupo de personas que os apunteis, de forma previa al comienzo del curso.

Precio 90€ mes.

Para apuntaros debéis poneros en contacto, lo antes posible para poder empezar las clases en el mes de noviembre, en el teléfono 616 98 01 52.
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PUBLICADO SEDES Y DISTRIBUCIÓN DE AULAS EN LA WEB DEL MINISTERIO


5 oct 2022


 


Se han publicado en la página del Ministerio la distribución de Aulas y Sedes de Baleares, Cáceres, Murcia y Valladolid.

Podéis consultarlo en el siguiente enlace:

Sedes y Aulas

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PUBLICADOS LUGARES DE EXAMEN DE LOS EJERCICIOS DE PROMOCIÓN INTERNA


23 sept 2022



 

Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia

Orden JUS/911/2022, de 20 de septiembre, por la que se nombran Unidades de colaboración, se anuncia fecha, hora y lugar de celebración de los ejercicios de los procesos selectivos para ingreso, por promoción interna, en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa y se corrigen errores en la Orden JUS/747/2022, de 26 de julio y en la Orden JUS/549/2022, de 13 de junio

PDF (BOE-A-2022-15489 - 5 págs. - 234 KB)

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PREPARADOR PRESENCIAL PARA LAS OPOSICIONES DE JUSTICIA EN BURGOS


22 sept 2022


 



Ante la inminente convocatoria de las oposiciones del turno libre de la Administración de Justicia, CCOO a través de FOREMCYL, ofrece preparación presencial de las mismas para todos los cuerpos, por parte de un formador de reconocido prestigio y años de experiencia en la preparación de estas oposiciones en Burgos.

La formación tendría comienzo a primeros de octubre y en la cuota se haría descuento a las personas afiliadas, aunque no hay ninguna obligación de estar afiliado al sindicato.

Para información sobre condiciones y precios podeis poneros en contacto con la Sección Sindical de Justicia, a través del siguiente teléfono 616 98 01 52 desde las 9 a 15 horas, no whatsapp.
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RELACIÓN PROVISIONAL DE MÉRITOS DE LAS OPOSICIONES AL CUERPO DE AUXILIO


24 nov 2021


  




Se publica en la página web del Ministerio de Justicia la relación de méritos del proceso selectivo del cuerpo de Auxilio.

Como ha ido ocurriendo en todos los procesos selectivos de esta convocatoria de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, está plagado de errores que obligarán a los opositores a presentar múltiples alegaciones, con el consiguiente retraso en la adjudicación de destinos.


 AUXILIO JUDICIAL, ACCESO LIBRE, Orden JUS/60/2020, de 15 de enero (BOE de 27)

 


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Bien por el CGPJ. Mal por el Ministerio de Justicia. Así se hacen las cosas.


31 mar 2021




El pasado domingo se celebraba la primera prueba, tipo test, del proceso selectivo de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, siendo Valladolid una de las sedes del examen. Como ocurre con los procesos selectivos de los cuerpos generales y especiales, así como con el de Letrados de la AJU, (es ironía), en el plazo de 72 horas, el CGPJ, ha publicado, el examen, la plantilla oficial de respuestas, la nota de corte (70,74 puntos) así como el listado de los 4298 aspirantes, con las notas de cada uno, de los que 1200 pasan al segundo ejercicio.

Esto es eficacia, no hacer esperar al opositor semanas para saber si ha superado el corte y verse en un listado oficial de aprobados del primer ejercicio.

Esta situación debería poner colorados a los miembros de los Tribunales que nombra el ministerio para los procesos selectivos que organiza, como al propio ministerio, pues se eternizan a costa del sufrimiento y paciencia de los opositores, y de estar jugando con su futuro. O quizás esto también es un ejemplo de clasismo, pues en función del proceso selectivo de que se trate, es más rápido, o se dilata en el tiempo. 
 
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Sede de Valladolid. Acceso a la carrera Judicial y Fiscal 2020: Desarrollo de las pruebas – Primer Ejercicio.


20 mar 2021


 
El próximo domingo 28 de marzo se celebra en Valladolid, en el Edificio de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, paseo de Belén nº 15, Campus Miguel Delibes, el primer ejercicio de acceso a la carrera Judicial y Fiscal, para los opositores que en la solicitud de participación hicieron constar su residencia en Valladolid, A Coruña, Araba/Álava, Asturias, Ávila, Bizkaia, Burgos, Cantabria, Guipúzcoa, León, Lugo, Ourense, Palencia,    Pontevedra, Segovia y Zamora.

De los 4298 opositores que han presentado su instancia para poder realizar el examen, 711 han elegido la sede de Valladolid.
Habrá más de cuarenta compañeros/as de la Administración de Justicia realizando funciones de vigilantes.

Debe tenerse en cuenta que el día 28 se produce el cambio horario, y que a las 2:00 serán las 3:00.


Enlaces a toda la información publicada por el CGPJ : nota informativa, protocolo para la prevención de contagios por el Covid19, información sobre acceso a las sedes de examen, distribución de opositores por aulas, e información sobre el acceso a las sedes de examen.


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Oposiciones Auxilio Judicial: modificación de la Orden de convocatoria por cambios en la composición de los Tribunales Calificadores


19 feb 2021



Hoy se ha publicado en el BOE:

MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia

Orden JUS/138/2021, de 8 de febrero, por la que se modifica la Orden JUS/60/2020, de 15 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia


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Oposiciones Letrados de la Administración de Justicia, turno libre: valoración definitiva de méritos y listado de aprobados


6 feb 2021



Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

LETRADOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA, Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo. (BOE de 8 de abril de 2019): turno libre

Acuerdo de 4 de febrero. Valoración definitiva de méritos y listado de aprobados
5 de febrero de 2021

Documentos Asociados



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OEP 17-18 Auxilio Judicial, el Ministerio de Justicia sigue sin asegurar la fecha de los exámenes


5 feb 2021



El Ministerio de Justicia sigue sin asegurar la fecha de los exámenes de Auxilio Judicial, pero trabaja en la del 17 de abril como una de las posibilidades, aunque dependerá de la disponibilidad de aulas y de la evolución de la pandemia

CCOO ha podido conocer que, en la reunión mantenida por el Ministerio de Justicia con las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, se ha informado a éstas de:

- Se encarga a las administraciones competentes la búsqueda de aulas para el examen del proceso selectivo de Auxilio Judicial (OEP 2017-2018) para el día 17 de abril

CCOO se ha puesto en contacto con el Ministerio de Justicia, que nos informa que dicha fecha del 17 de abril no puede darse en absoluto por definitiva, sino que es solo una nueva “hipótesis de trabajo” que seguirá dependiendo de la disponibilidad de aulas y de la evolución de la pandemia del COVID-19

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Oposiciones Médicos Forenses: publicada la valoración provisional de méritos de la fase de concurso y del conocimiento de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas


4 feb 2021



Se ha publicado en la página web del Ministerio de Justicia:

CUERPO NACIONAL DE MÉDICOS FORENSES, ACCESO LIBRE, Orden JUS/626/2019, de 28 de mayo (BOE 10 de junio)

ACUERDO DE 1 DE FEBRERO DE 2021 DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO PARA ACCESO LIBRE AL CUERPO NACIONAL DE MÉDICOS FORENSES, POR EL QUE SE HACE PÚBLICA LA VALORACIÓN PROVISIONAL DE MÉRITOS DE LA FASE DE CONCURSO Y DEL CONOCIMIENTO DE LAS LENGUAS OFICIALES DE LAS CCAA

Acuerdo de 1 de febrero de 2021 del Tribunal Calificador Único
3 de febrero de 2021

Documentos Asociados


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CCOO manifiesta su rechazo al contenido de una sentencia que pudiera estar condicionando un derecho fundamental como la Negociación Colectiva


3 feb 2021



SOBRE LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL QUE ANULA VARIAS BASES COMUNES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS

Tras publicarse la sentencia de la Audiencia Nacional que anula varias bases comunes del proceso selectivo, CCOO publicó una nota en su web en la que además de informar de dicha sentencia, con un resumen detallado de la misma, analizábamos las variables y consecuencias que podían derivarse de la misma

CCOO ha vuelto a reiterar al Ministerio de Justicia nuestra demanda para la convocatoria de la mesa sectorial ante esta asombrosa sentencia

Asimismo, CCOO manifiesta su rechazo al contenido de una sentencia que recorta derechos, entre ellos los de la carrera profesional en la Administración de Justicia, además, entendemos, de que se pudiera estar condicionando un derecho fundamental como la negociación colectiva

El Ministerio de Justicia acaba de informarnos que están estudiando la viabilidad del recurso y su estudio está en manos de la abogacía del Estado, y en el caso de que lo considere viable, se interpondrá
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La Audiencia Nacional anula algunas de las bases comunes de los procesos selectivos de Justicia. Esta sentencia aún no es firme


2 feb 2021



Dictada sentencia de la Audiencia Nacional ante un recurso interpuesto por personal interino de la Administración de Justicia contra las Bases comunes del proceso selectivo (Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo)

La sentencia no es firme, por lo que puede ser recurrida por la Administración, y aunque anula varias bases comunes del proceso selectivo (las bases quinta.2 y sexta.2 y la sexta. 4), establece que será la Administración la que deberá redactar de nuevo estas bases anuladas, por lo que no se acepta que sea el Tribunal el que determine la nueva redacción

CCOO SE HA DIRIGIDO AL MINISTERIO DE JUSTICIA, INMEDIATAMENTE HEMOS CONOCIDO LA SENTENCIA, RECLAMANDO LA CONVOCATORIA URGENTE DE LA MESA SECTORIAL, PUES FUE ÉSTA LA QUE SUSCRIBIÓ EL ACUERDO DE DICIEMBRE DE 2018

Ante la sentencia1 dictada la semana pasada por la Sala de lo C-A de la Audiencia Nacional (Sección 3ª), conocida este fin de semana pasado, desde CCOO os informamos de forma resumida de su contenido, y de las posibles variables y consecuencias que pueden derivarse de la misma:

A) CONTENIDO DE LA DEMANDA INTERPUESTA Y PRETENSIÓN DE LOS DEMANDANTES:

1.- “Los demandantes son funcionarios interinos de la Administración de Justicia, donde desempeñan plaza”

2.- Los demandante reclamaron “que se dictara sentencia para que fueran anuladas las Bases quinta.2 y 3 y se sustituyan por sus equivalentes en la Base sexta.2 y por impugnada la Base Sexta.4 y se sustituya por una reserva en caso de alcanzar el 60% de la nota posible”

3.- “Los demandantes consideran que las Bases incumplen el Acuerdo Marco para la Mejora del Empleo Público firmado el 29 de marzo de 2017 que preveía un Plan de Estabilización para reducir la elevada tasa de temporalidad a un 8%, el Acuerdo de 8 de marzo de 2018 para la Mejora del Empleo Público y la Directiva 1999/70/CE”

4.- “El segundo motivo de los demandantes es la denuncia por la vulneración del principio de igualdad y el derecho de acceso en condiciones de igualdad a cargos públicos (artículos 14 y 23.2 CE)”

“Entienden” la parte demandante que, “de acuerdo con el principio de igualdad, ambos turnos deben operar con unos mismos criterios de valoración, y sin embargo en estas Bases se exige un único examen con una nota de corte del 50% en el turno de promoción interna, mientras que en el turno de acceso libre se prevén tres ejercicios con dos notas de corte del 60% y una del 50%”

5.- “La parte demandante alega que las Bases son contrarias al artículo 3 del Real Decreto 955/2018 de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para 2018, en tanto que este precepto dispone que con carácter general las bases de la convocatoria de los procesos selectivos derivados de esta oferta pública de empleo podrán establecer la conservación de la nota de los ejercicios siempre que se supere el 60% de la calificación máxima prevista para cada ejercicio”

“La Base quinta de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo hace esta previsión de reserva de nota en el turno libre, pero prevé que la reserva de nota se produce con un 50% en el caso de la promoción interna (Base sexta.2)”

“En atención a estas alegaciones entienden los demandantes que debe unificarse el régimen de selección, en las Bases quinta y sexta, así como en la sexta”

B) FUNDAMENTOS JURÍDICOS ESTABLECIDOS POR EL TRIBUNAL QUE DICTA LA SENTENCIA.-

1.- La Sentencia1 establece que debe desestimarse lo referido a que no se aprecia infracción de que la Orden, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos, “ha obviado, o se opone a lo dispuesto en el Acuerdo Marco para la Mejora del Empleo Público, firmado el 29 de marzo de 2017, en lo referente a los sistemas de acceso y a los méritos susceptibles de ser baremados”.

2.- Las Bases Comunes “mal pueden vulnerar los objetivos” establecidos en la DIRECTIVA 1999/70/CE DEL CONSEJO de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, en que uno de sus objetivos “es evitar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos”

3.- La Sentencia expresa, sin embargo, siguiendo sentencias del Tribunal Supremo, que no pueden establecerse diferencias de trato en función de los distintos turnos de acceso, salvo que medie una justificación razonable y convincente”.Y esa igualdad en el acceso a la función pública comporta que dichas limitaciones no sean exigibles en ningún turno o se exijan en todos, pues lo que resulta contrario al mandato del artículo 23.2 de la CE es la diferencia de trato que no aparece justificada por la Administración en el momento oportuno, es decir, cuando se establece dicha limitación. Sin que pueda considerarse que la justificación pueda esgrimirse por la Administración en sede jurisdiccional, cuando ya se ha abocado a un proceso judicial, y se encuentra incurso en el mismo”

4.- La Sentencia expresa que “se han de anular las Bases Comunes en esos concretos puntos”: porque imponen una nota de corte distinta en la promoción interna y en el procedimiento de selección para ingreso libre, “porque en el primer caso la nota de corte es el 50% de la puntuación posible y en el segundo del 60% (Base quinta.2 y Base sexta.2).”

Por el contrario, “no es conforme a derecho determinar el concreto régimen que ha de operar en uno y otro caso, como pretende la demandante en su suplico. Llenar de contenido dichas Bases es una decisión que compete a la Administración, quien ha de decidir, dentro de las diversas posibles notas cual es la que resulta conveniente, en el marco de sus competencias. La Sala no puede sustituir dentro del campo de la discrecionalidad de la Administración cual debe ser la decisión oportuna para estos casos, toda vez que el control de legalidad que corresponde a la Sala no se extiende a dichas facultades (por expresa imposición del artículo 71.2 LJCA)”

5.- Sobre la Reserva de nota: en relación al artículo 3 del Real Decreto 955/2018 de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para 2018, ver enlace

La Base sexta.4 es nula en tanto que prevé una reserva de plaza a quienes obtengan en el concurso oposición de promoción interna una nota que supere la mínima fijada para superar la fase de oposición (50%), toda vez que es contraria al artículo 3.8. del Real Decreto 955/2018 de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para 2018 que exige para poder reservar la nota en la siguiente convocatoria superar el 60% de la calificación máxima”

7.- “Se ha de estimar la pretensión de nulidad, sin que quepa establecer la forma en la que ha quedar redactada nuevamente la base, puesto que su definición queda en manos de la Administración conforme a las facultades que le corresponden”

C) FALLO1:

ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso contencioso-administrativo contra la Orden JUS/291/2019 de 4 de marzo por la que se establecen las bases comunes que han de regir los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, por no ser conforme a derecho”

Se anula dicha Orden en lo referente a las Bases quinta.2 y sexta.2 en tanto establece notas mínimas para superar el primer ejercicio de la fase de oposición distintas (60% y 50% de la nota)

Se anula igualmente la Base sexta.4 en tanto permite la reserva de nota de la fase de oposición con una nota mínima del 50% de la nota posible, de forma contraria al artículo 3.8 del Real Decreto 955/2018 de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo para 2018 que exige superar el 60% de la calificación máxima”

Esta Sentencia no es firme y que frente a ella cabe recurso de casación que habrá de interponerse ante la Sala

Por otra parte, se da la circunstancia de que los aspectos de las bases comunes que anula la sentencia tienen su correlativo en las bases específicas de las convocatorias de cada cuerpo, tanto en el turno libre como en el de promoción interna, convocatorias específicas sobre las que no conocemos que se haya interpuesto ningún recurso por este mismo motivo ni sobre las que hay ningún pronunciamiento en la sentencia. En ausencia de regulación en las bases comunes tras la anulación decretada por esta sentencia, sería de aplicación lo regulado en las bases específicas tanto en materia de porcentaje de la nota máxima para superar las pruebas como en relación con la reserva de nota para posteriores convocatorias

D) VARIABLES Y CONSECUENCIAS QUE PUEDEN DERIVARSE DE LA SENTENCIA:

1.- La Administración puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días desde la notificación de la Sentencia

En ese caso, no siendo firme la Sentencia, la sentencia aún no sería de aplicación. Por tanto la orden recurrida seguiría en vigor con todos sus contenidos

2.- Si la Administración no recurre, debe convocar inmediatamente la mesa sectorial tal y como ya ha exigido CCOO, pues fue la mesa en la que se llegó al acuerdo de diciembre de 2018, de la que se derivan los contenidos de las convocatorias tanto de promoción interna como del turno libre de las OEP 2017-2018, y proceder a negociar las consecuencias y la nueva redacción de las bases ahora suprimidas

3.- CCOO considera que en ningún caso pueden declararse nulos los procesos selectivos de promoción interna, ya finalizados, como los del turno libre (en marcha ahora la baremación de la fase de concurso). Las personas que han superado los procesos selectivos no pueden cargar con las consecuencias de una sentencia que, en ningún caso, debe anular el proceso selectivo

4.- Por tanto, CCOO reclama al Ministerio de Justicia que la nueva redacción de las bases, ahora suprimidas en primera instancia, y pendientes de conocer si la sentencia es recurrida o no, no perjudique a ninguna persona que haya superado el procesos selectivo 2017-2018, tanto en promoción interna como en el turno libre, de forma que se debe aplicar el cumplimiento de la sentencia pero respetando por encima de todo los derechos de todas las personas que ya han superado el proceso selectivo, como en el turno de promoción interna, o de las que han superado ya la fase de oposición en el turno libre


1. En cursiva, literalidad del texto de la sentencia

Sentencia Recurso 912/2019

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