A efectos informativos, en el año 2022 disfrutaremos todos/as de un mínimo de 12 días de asuntos particulares.
Hay un festivo de carácter nacional del año 2022 que es sábado, -el 1 de enero-, y el
apartado 7º letra g) de la Orden
JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden
JUS/615/2012, de 1 de marzo, en cuanto al cómputo anual de trabajo efectivo y
se aprueba el calendario laboral para el personal de la Administración de
Justicia, radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia, dice que: "Así mismo, por Resolución de la Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia, se incorporará en cada año natural, y como máximo,
un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de
ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las
Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año".
De
esta manera, al tener un festivo laboral de ámbito nacional que es
sábado (1 de enero), y que no ha sido sustituido por la Junta de CyL, nos compensará el ministerio con un día de asuntos particulares.
El 23 de abril (Villalar), también es sábado, pero no es de ámbito nacional, y la Junta de CyL no le sustituye por otro día, por lo que NO da lugar a que se nos conceda otro día de asuntos particulares.
Además, en ese mismo punto 7ª apartado g), se indica que "los días 24 y 31 de diciembre permanecerán cerradas las Oficinas Judiciales y Fiscales y demás servicios de la Administración de Justicia, con excepción de los servicios de guardia. Cuando los citados días coincidan en festivo, sábado o día no laborable, se compensarán con dos días adicionales de permiso por asuntos propios", que
es el caso del año 2022, donde los días 24 y 31 de diciembre, serán
sábados, y por tanto, se compensarán con dos días de asuntos
particulares.
En definitiva: a los nueve que nos corresponden cada año, debemos sumar en el 2022 TRES días de permiso
adicional por la coincidencia
en sábado de un festivo nacional no recuperable y no sustituible por la
CCAA (el 1 de enero), y que los días 24 y 31 de diciembre de 2022 serán
sábados. Y a esos doce días (9 + 1 + 2), incrementar los que tengamos por antigüedad.
Y recordemos,
que a partir del sexto trienio se conceden dos días de asuntos
particulares, por el séptimo trienio ninguno, y a partir del octavo y
siguientes, se concede un día más por cada uno de ellos, sin límite, y a disfrutar desde el día siguiente a cumplir el trienio.
Imprimir artículo