El presidente del TSJCyL, José Luis Concepción, se reunió el pasado
jueves 14 de febrero en el Ministerio de Justicia con el secretario de Estado, Manuel
Jesús Dolz, y con el secretario general de la Administración de
Justicia, Antonio Viejo, para "trasladarles las necesidades más
acuciantes en cuanto a medios humanos y materiales en los órganos
judiciales de Castilla y León a fin de poder ofrecer al ciudadano una
Justicia de calidad y ágil acorde al siglo XXI".
Entre las cuestiones tratadas:
1. Equipos psicosociales.
Los problemas expuestos por Concepción se centran fundamentalmente en las provincias de Ávila, Burgos, León, Segovia y Soria. Según ellos, sería conveniente la creación de equipos psicosociales para juzgados con competencia en materia de familia cuando menos en dichas provincias o que se amplíen las plantillas de los ya existentes.
Convendría además integrar bajo la dependencia del correspondiente Instituto de Medicina Legal, o de la oportuna Subdelegación del mismo, todos los equipos psicosociales existentes en cada provincia con independencia de que en la actualidad se encuentren adscritos al Juzgado de Familia o al Juzgado de Violencia sobre la Mujer.
Alternativamente, sería recomendable utilizar, a los mismos efectos, los respectivos equipos psicosociales dependientes de los nueve Juzgados de Menores del territorio, que disfrutan de un menor volumen de trabajo.
Los problemas expuestos por Concepción se centran fundamentalmente en las provincias de Ávila, Burgos, León, Segovia y Soria. Según ellos, sería conveniente la creación de equipos psicosociales para juzgados con competencia en materia de familia cuando menos en dichas provincias o que se amplíen las plantillas de los ya existentes.
Convendría además integrar bajo la dependencia del correspondiente Instituto de Medicina Legal, o de la oportuna Subdelegación del mismo, todos los equipos psicosociales existentes en cada provincia con independencia de que en la actualidad se encuentren adscritos al Juzgado de Familia o al Juzgado de Violencia sobre la Mujer.
Alternativamente, sería recomendable utilizar, a los mismos efectos, los respectivos equipos psicosociales dependientes de los nueve Juzgados de Menores del territorio, que disfrutan de un menor volumen de trabajo.
2. Oficina de Asistencia a las Víctimas.
La Ley Orgánica 4/2015 de 27 de abril del Estatuto de la Víctima del Delito y el Real Decreto 1109/2015 de 11 de diciembre que la desarrolla pretende otorgar a las víctimas de delito una protección integral en el proceso y también fuera del proceso, no solo desde una perspectiva jurídica sino también desde una perspectiva social.
Desde esta consideración de las víctimas, el papel de las OAVD debe ser fundamental en cuanto que han de actuar en interés de las mismas prestándoles asistencia integral desde el punto de vista jurídico, social, emocional, psicológico.
El TSJCyL entiende que es exigible una inmediata reorganización de las OAVD del territorio, integradas actualmente por un funcionario y un psicólogo, y contar además con un trabajador social y un letrado cuando menos.
3. Visor documental.
En otro orden de asuntos, el presidente del TSJCyL ha reivindicado una necesaria revisión del llamado visor documental prepara solucionar los problemas que presenta e incorporar nuevas aplicaciones.
Por ejemplo, deben incorporarse al mismo actos procesales, resoluciones judiciales y de los Letrados de la Administración de Justicia, documentos e informes y escritos con una correcta denominación.
Además, deben introducirse criterios de búsqueda, ya sea por fecha o por denominación, y procederse a una numeración lógica, sucesiva, cronológica con independencia de los órganos judiciales que intervengan en el procedimiento.
La Ley Orgánica 4/2015 de 27 de abril del Estatuto de la Víctima del Delito y el Real Decreto 1109/2015 de 11 de diciembre que la desarrolla pretende otorgar a las víctimas de delito una protección integral en el proceso y también fuera del proceso, no solo desde una perspectiva jurídica sino también desde una perspectiva social.
Desde esta consideración de las víctimas, el papel de las OAVD debe ser fundamental en cuanto que han de actuar en interés de las mismas prestándoles asistencia integral desde el punto de vista jurídico, social, emocional, psicológico.
El TSJCyL entiende que es exigible una inmediata reorganización de las OAVD del territorio, integradas actualmente por un funcionario y un psicólogo, y contar además con un trabajador social y un letrado cuando menos.
3. Visor documental.
En otro orden de asuntos, el presidente del TSJCyL ha reivindicado una necesaria revisión del llamado visor documental prepara solucionar los problemas que presenta e incorporar nuevas aplicaciones.
Por ejemplo, deben incorporarse al mismo actos procesales, resoluciones judiciales y de los Letrados de la Administración de Justicia, documentos e informes y escritos con una correcta denominación.
Además, deben introducirse criterios de búsqueda, ya sea por fecha o por denominación, y procederse a una numeración lógica, sucesiva, cronológica con independencia de los órganos judiciales que intervengan en el procedimiento.
Asimismo, debe arbitrarse el modo de acceso al visor documental para
aquellos procedimientos en que intervengan de letrados y procuradores.
4. Modernización de los archivos judiciales.
Por otro lado, Concepción ha expuesto al Ministerio de Justicia, más
concretamente a las Subdirecciones de Obras y Medios Personales, un
estudio preliminar y orientativo sobre la situación de los archivos
judiciales de la comunidad.
El TSJCyL cree que existe la imperiosa necesidad del establecimiento
de un Archivo Territorial en Castilla y León para el cumplimiento del
circuito de documentación previsto en el Real Decreto 937/2003.
Dada la amplitud del territorio de esta comunidad, sería necesario
además el establecimiento de dos sedes: Burgos y Valladolid son
las más adecuadas.
5. Sonido en salas de vistas.
Por último, Concepción ha pedido al Ministerio que modernice los
sistemas de sonido de las salas de vistas de los órganos judiciales de
Castilla y León.
Según el TSJCyL, es preciso contar con equipos de audio de alta
calidad tanto para que el público que acude a los juicios pueda
seguirlos con normalidad, como para la grabación de los mismos por parte
de los profesionales de los medios de comunicación que son los garantes
en última instancia del principio de publicidad de las vistas orales.