Las medidas recogidas en la reforma de la LOPJ para integrar en la misma el Pacto de Estado contra la violencia de género son insuficientes


8 ene 2019


Las medidas recogidas en la reforma de la LOPJ para integrar en la misma el Pacto de Estado contra la violencia de género son insuficientes




Avanzamos en cuanto se introducen nuevas materias de igualdad y violencia de género en los temarios para la selección y promoción de jueces y en la medida en que se equipara en especialización a los jueces de violencia de género, de penal, de secciones de la audiencia que deciden sobre violencia de género a otras especialidades que ya existían en la carrera judicial para personas titulares (jueces y juezas) de órganos como menores y mercantil.

Sin embargo quedan fuera de la especialización las personas titulares de los órganos mixtos que deciden en poblaciones pequeñas sobre materia de violencia de género.

Nada se dice respecto del resto de personal.

Para el Ministerio Fiscal aumentan los temas en el sistema de acceso a la carrera y promoción, pero no hay más requisitos de especialización, puesto que no hay ningún mandato de reforma del Estatuto Fiscal y el actual no contempla ninguna exigencia.

Por supuesto nada sobre médicos forenses, cuerpos generales de la administración de justicia y equipos psicosociales. (seguiremos tragando SAP).

El Sector de Justicia de CCOO defendemos la especialización de todo el personal de justicia que trabaja con víctimas de violencia de género, para dar cumplimiento al mandato del artículo 15 del Convenio de Estambul, ratificado por España en el 2014.

Nuestra propuesta se la hicimos llegar a distintos grupos parlamentarios y a diputadas con presencia en la comisión de igualdad.

Defendemos la especialización con formación obligatoria permanente y retribuida, porque entendemos que es la única manera realmente eficaz para impartir una justicia con perspectiva de género

    • Indicadores específicos
      Como medida positiva aparecen indicadores específicos para realizar estadísticas sobre discapacidad y menores. Sin embargo, la importancia que se le quiere otorgar a la hora de contabilizar la violencia machista en menores desaparece al no contemplarse la especialización en violencia machista del personal que trabaja con estas personas menores.
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