LexNet y Septiembre. Forma de efectuar las notificaciones telemáticas.


31 ago 2021


Recordamos la Circular 4/2021 (que adjuntamos), relativa a la forma de efectuar las notificaciones telemáticas durante los meses de agosto y septiembre de 2021.

Las resoluciones que se acumulen durante el mes de agosto, se notificarán durante los primeros días del mes de septiembre de conformidad con las previsiones del artículo 16.4 del Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, que prevé que el propio sistema impedirá que se supere en más de un cincuenta por ciento al día el volumen de salida ordinario de actos de comunicación y, si técnicamente no fuera posible, los responsables del envío adoptarán las medidas necesarias a tal fin, repartiendo de forma gradual el exceso acumulado en remisiones consecutivas durante los cinco días posteriores al periodo de inhabilidad.

En el caso de las Comunidades Autónomas del “territorio Ministerio” el sistema de gestión procesal Minerva realizará el control para evitar que se supere la cuota máxima establecida reglamentariamente.
 
 
 
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