La aprobación definitiva en Senado de los Presupuestos Generales del Estado para 2021 (sin ninguna enmienda respecto a lo aprobado en el Congreso) confirma que CCOO consigue importantísimos avances para el personal de la Administración de Justicia
EL MINISTERIO DE JUSTICIA QUEDA OBLIGADO A NEGOCIAR EL INCREMENTO DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO EN EL ÁMBITO NO TRANSFERIDO, Y EL GOBIERNO EN CONJUNTO A APROBAR LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS NECESARIAS PARA ELLO
Inmediatamente a la publicación en el BOE de la Ley de PGE de 2021, ya definitivamente aprobada, CCOO solicitaremos por escrito al Ministerio de Justicia el inicio de las negociaciones para la subida del complemento específico de todo el personal no transferido
Esta ley de presupuestos recoge literalmente el texto propuesto en exclusiva por CCOO a los grupos parlamentarios y al Ministerio de Justicia:
Disposición adicional centésima quincuagésima séptima. Adecuación del complemento específico del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Se procederá a la negociación en el ámbito de la Mesa de Retribuciones y Empleo de la Administración de Justicia de un incremento en los complementos específicos del personal de los Cuerpos de Auxilio Judicial, de Tramitación Procesal y Administrativa, de Gestión Procesal y Administrativa, de Médicos Forenses y de los cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, para adecuar los mismos al volumen y responsabilidad en el trabajo y aproximarlas a las que se perciben en puestos equivalentes en otros ámbitos.
Igualmente se procederá a la adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en relación con las nuevas funciones asumidas por este Cuerpo en las últimas reformas procesales y organizativas.
Para ello, el Gobierno adoptará los acuerdos que correspondan en orden a la dotación presupuestaria adecuada a la presente disposición.
PERSONAL INTERINO. CCOO hemos conseguido que sean reconocidos a efectos de jubilación, sin necesidad de más demandas judiciales, los periodos trabajados y no cotizados.
Esta medida afecta tanto a los períodos anteriores a 1990 en los que el personal interino no cotizaba a ningún sistema de seguridad social como a numerosísimas lagunas de cotización posteriores a dicha fecha en las que consta la cotización del personal a la Seguridad Social pero no la “cuota patronal” que debería haber abonado el Ministerio de Justicia. Afecta al personal interino que lo siga siendo a día de hoy y que trabajasen en los años 80 como tales, pues todos los que ingresaron en la Administración de Justicia, por haber aprobado la oposición, tienen reconocidos esos periodos.
En diciembre de 2015, CCOO y otros sindicatos firmamos con el Ministerio de Justicia un acuerdo que, de no haber sido incumplido por este ministerio, hubiera dado solución a este problema pero únicamente CCOO hemos sabido encontrar otra vía y no habrá, a partir de ahora, ninguna merma en la cuantía de la pensiones por estos errores en las cotizaciones a la seguridad social.
La Ley de PGE de 2021 aprobada hoy recoge textualmente lo que CCOO hemos propuesto a los grupos parlamentarios:
Disposición Adicional centésima quincuagésima octava. Reconocimiento de las cotizaciones a la Seguridad Social al personal de la Administración de Justicia.
El Gobierno procederá a revisar, de oficio o a petición de las personas interesadas, y reconocer como cotizados los periodos que consten trabajados y no cotizados del personal de justicia que presente diferencias entre los períodos efectivamente trabajados que figuren en el certificado de servicios prestados y los que figuran en su certificación de cotizaciones.