CCOO
SOLICITA A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL CONGRESO QUE NO DEN SU APOYO
AL REAL
DECRETO LEY 16/2020 DE MEDIDAS PROCESALES Y ORGANIZATIVAS PARA
HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA CON SU REDACCIÓN ACTUAL
Este RD-Ley se presentará mañana en el Congreso para su convalidación y el sindicato entiende que dadas sus graves deficiencias debe, en todo caso, ser tramitado como Proyecto de Ley para que puedan introducirse enmiendas
CCOO denuncia que el Ministerio de Justicia desde el pasado 23 de abril no ha hecho públicos ni se han comunicado a la representación legal de los/as trabajadores/as los datos de contagios entre el personal de justicia, y que su evaluación y evolución es la base sobre la que deben plantearse las nuevas medidas organizativas si es que, como asegura el Ministro Campo, el primer objetivo es defender la salud
La jornada de tarde no puede ser nunca obligatoria como establece el RD-Ley. Así lo dispone el artículo 500 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y además se carga de un plumazo la conciliación de la vida laboral y familiar del personal
CCOO ha comunicado a los Grupos Políticos que antes de acordar la incorporación de nuevo personal al trabajo (en turnos de mañana o de tarde) los Servicios de Prevención tienen que elaborar por imperativo legal un informe sobre qué oficinas tienen las dimensiones suficientes para garantizar la distancia de seguridad de 2 metros entre el personal y entre éste con las personas detenidas, público en general o profesionales, y que debería establecerse con claridad en el RDL que donde no se cumplan las medidas preventivas no se puede trabajar
Otra de las medidas establecidas en el RD es la de movilidad forzosa de los funcionarios y las funcionarias de un centro de trabajo a otro donde se necesite más personal; una medida inútil y desacertada para CCOO ya que es “desvestir un santo para vestir a otro”, porque todos los órganos judiciales están sobrecargados por la paralización durante el estado de alarma, la situación previa de retraso generalizado en la Administración de Justicia y la previsible avalancha de nuevos asuntos. Existen mecanismos en la legalidad vigente para atender estas necesidades de personal con la cobertura de plazas en comisión de servicio o sustituciones voluntarias o con la contratación de personal interino de las bolsas de trabajo
Por otro lado, para CCOO existe una contradicción entre la posibilidad de tramitar todos los procedimientos judiciales y la suspensión de plazos y actuaciones no esenciales prevista en la Disposición Adicional 2ª del RD 463/2020 del Estado de Alarma, por lo que debería haberse acordado en este RDL la modificación de dicha disposición adicional para garantizar que no habrá nulidades de actuación por este motivo
La habilitación de determinados días del mes de Agosto es una propuesta tan novedosa como inútil que solo causa perjuicio a determinados colectivos y ningún beneficio. El personal judicial ya trabajaba desde siempre en el mes de Agosto aprovechando los días inhábiles para la puesta al día de asuntos retrasados y ahora no podrá hacerse. El perjuicio a los pequeños despachos profesionales es, sin embargo, evidente
Por último, CCOO denuncia que se adoptan medidas organizativas respecto al personal para los tres meses siguientes al Estado de Alarma y que el Gobierno Central no tiene competencias para ello en las doce Comunidades Autónomas con competencias transferidas, toda vez que la Orden SND/261/2020, de 19 de marzo del Ministerio de Sanidad solo ha encomendado esta competencia al Ministro de Justicia durante el Estado de Alarma y no en los meses siguientes
Por todo ello, CCOO entiende que este Real Decreto Ley no puede ser aprobado por el Congreso con su redacción actual, que podría mejorarse sustancialmente en su tramitación como Proyecto de Ley y así lo hemos comunicado por escrito a todos los grupos y partidos políticos del Congreso y también en reuniones que hemos venido manteniendo con ellos en los últimos días.