CCOO DENUNCIA LA DESPREOCUPACIÓN DEL MINISTERIO DE
JUSTICIA EN RELACIÓN AL PERSONAL LABORAL DE SU ÁMBITO DE COMPETENCIAS
ASIMISMO,
RECHAZAMOS LA RESOLUCIÓN DE 13 DE ABRIL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, QUE ADAPTA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIOS PÚBLICO DE JUSTICIA AL REAL DECRETO 487/2020, YA QUE NO HA EXISTIDO
NINGUNA NEGOCIACIÓN CON RESPECTO AL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA
Manifestar en primer lugar que la actuación del Ministerio de Justicia, respecto al personal laboral en esta crisis del COVID-19, ha sido muy deficiente, y la toma de decisiones sobre las cuestiones que afectan a los trabajadores/as, se ha realizado unilateralmente, sin consultar siquiera a los representantes sindicales, sin que, por tanto, haya habido ninguna negociación con los responsables de la Administración de Justicia, en una situación tan crítica desde el punto de vista sanitario y social.
En la nueva resolución de 13 abril de servicios mínimos en la Administración de Justicia, que entra en vigor hoy, miércoles 15, respecto al personal laboral, entendemos desde CCOO que seguirán, en su mayoría, prestándose en régimen de disponibilidad por turnos rotatorios y no de presencia constante en los centros de trabajo.
Respecto a las dotaciones de personal laboral presencial, en los dos últimos apartados, se especifica, en la referida resolución:
"En relación al Personal de limpieza, que desarrolla las labores de limpieza, higienización y desinfección de sedes judiciales y fiscales se considera imprescindible el 100 % del mismo en atención a las propias necesidades derivadas de las circunstancias actuales.
Así mismo, se considera necesaria una dotación del diez por ciento del personal laboral de mantenimiento.
Respecto a Equipos Técnicos solamente se menciona el 100% de la Guardia de Menores, no especificando nada para los Equipos de los IML."
También se añade como novedad a los oficiales de autopsias, que deberán asistir al médico forense de guardia, cuando éste lo requiera. Recordar al Ministerio de Justicia que en muchas ocasiones hemos intentando negociar guardia para estos trabajadores/as, pero el Ministerio se ha negado sistemáticamente. Ahora se demuestra de nuevo y palmariamente, que es una necesidad urgente.
En definitiva la Administración de Justicia continúa tomando decisiones unilaterales en todo lo que afecta al Personal Laboral.
Habría que recordar que el Gobierno ha considerado esencial la actividad sindical a fin de favorecer un entorno de asistencia máxima a las personas trabajadoras que pueden quedar desprotegidas, desamparadas o sencillamente con necesidades especiales derivada de esta situación tan grave. En este sentido la Administración de Justicia está obligada a garantizar los derechos a todo el personal laboral. Difícilmente este Ministerio podrá cumplir esta obligación, si se vulnera el derecho a la información y negociación con los representantes de los trabajadores.
Desde CCOO exigimos al Ministerio que responda con eficacia a los aspectos relativos a la prevención de riesgos laborales, de la utilización de nueva tecnología y especialmente en el teletrabajo, pero siempre de forma negociada y no impuesta.
Aunque esta nueva resolución, plantea que los servicios de guardia de las fiscalías de menores, se realizarán, siempre que sea posible, mediante videoconferencia o cualquier otro dispositivo o aplicación informativa que permita la comunicación bidireccional segura de datos, o, si fuera necesario, de imagen y/o sonido a los efectos de evitar traslado de detenidos, profesionales u otras personas a las sedes judiciales para las práctica de las diligencias que hubieran de realizarse.
Señalar que prácticamente respecto a personal laboral, y especialmente al trabajo de los Equipos Técnicos, sobre todo en la realización de entrevistas, no se han dado directrices claras, ni de momento se han dispuestos de los medios necesarios para poderlas realizar y por supuestos sin ninguna negociación en este sentido.
Desde CCOO, entendemos que todas estas cuestiones se deben negociar, además exigimos la exclusión de los servicios esenciales a los mayores de sesenta años y a todas las personas que tengan patologías de riesgo según lo establecido por la Autoridad Sanitaria, ya que deben ser incluidos todos ellos como grupo de riesgo, sin pérdida de retribuciones.
Por último, CCOO exige que si no se dotan de medios de
prevención contra la pandemia a quienes se obliga a acudir a sus puestos de
trabajo, debe suspenderse inmediatamente la actividad, porque la defensa de la
salud es el primer objetivo, también en la Administración de Justicia.