El pasado 29 de octubre se ha reunido el Pleno de la Comisión Paritaria del IV Convenio Único y en primer lugar nos han informado sobre las repercusiones de la sentencia que había interpuesta a numerosos artículos del texto del IV CUAGE, finalmente la sentencia anula solamente 4 preceptos del IV Convenio Único: 4.4, 15 q), 56.3 y punto 4 de la Disposición Transitoria séptima. Estos artículos hacen referencia a funciones que en un principio se otorgaba a la Comisión Paritaria y que ahora se deberán tratar en la Comisión Negociadora. Por este motivo, se retira el expediente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que versa sobre complementos de productividad.
Posteriormente, se tratan los expedientes siguientes:
- Propuesta del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (SEPE) de atribución de 152 complementos singulares de puesto B por atención directa al público. Manifestamos nuestra disconformidad con el hecho de que para aprobarlos sea imprescindible la amortización de 6 puestos; no obstante, CCOO aceptamos la propuesta considerando que este personal realiza esas funciones y dado que cuenta con informe favorable del Departamento y Costes de personal.
- Siete propuestas de asignación definitiva de complementos de los ministerios: Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: 132 puestos por un lado y 16 por otro; Ministerio Agricultura, Pesca y Alimentación: 41 puestos; Ministerio de Hacienda: 18 puestos; Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad: 3 puestos; Ministerio del Interior: 6 puestos; y Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: 5 puestos.
CCOO siempre hemos defendido que los complementos de puestos vacantes atribuidos temporalmente a puestos ocupados deberían salir a concurso de traslados para defender la igualdad, merito y capacidad, principios fundamentales en la filosofía de este sindicato. Recordamos que según la Disposición Adicional 5ª del IV CUAGE hay que regularizar las situaciones de atribuciones temporales de complementos, al desparecer esa figura en este Convenio. La falta de voluntad por parte de la Administración de llegar a un acuerdo sobre situaciones transitorias –incluyendo esta- ha llevado a que en los distintos ámbitos se haya aprobado la regularización de distinta forma, por lo que hemos optado por respetar las decisiones que se han tomado en las Subcomisiones. Por otro lado, cabe destacar que si no se atribuyen de forma definitiva los complementos A2 y A3, desaparecerían como tales.
CCOO seguimos exigiendo la aplicación de las tablas salariales del IV CU; para ello es fundamental que el Grupo de trabajo de encuadramiento del sistema de clasificación cierre cuanto antes su tarea asignando el grupo profesional que correspondaa todos los efectivos actuales y de nuevo, la respuesta de la Administración es que “estamos en ello”.
Volvemos a insistir sobre el proceso de integración en el Convenio del personal Técnico de Protección Civil, obteniendo por la Administración la misma respuesta que en la Paritaria anterior.
CCOO seguimos poniendo sobre la mesa contrataciones “fuera de convenio” que se están produciendo en el CSIC, sin dar cuenta de éstas a la Comisión Paritaria, con lo que se podría estar incumpliendo lo establecido en el art. 2 f) del IV Convenio. Esta vez, al menos la Administración se ha comprometido a comprobarlo.
Aunque el Grupo de trabajo del INAEM se ha constituido no se está reuniendo en Función Pública porque las reuniones técnicas en el seno del INAEM hasta ahora no habían empezado a funcionar; esperamos que nos entreguenla información solicitada y se dé continuidad a la negociación en el Grupo de Trabajo.