CUADROS MÉDICOS
de las Entidades Médicas para el 2019,
y
PÓLIZA de la
ASISTENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO
Como
todos sabéis, desde 1 de enero, y hasta el 31 de enero de cada año,
incluidas ambas fechas, es el plazo para el cambio ordinario de entidad
médica, cambio evidentemente de carácter voluntario.
El cambio de entidad permite indistintamente hacerlo de una entidad médica privada a otra o al Sistema Público de Salud (INSS).
Es
fundamental comprobar, previamente a la decisión de realizar el cambio
de una entidad a otra, los cuadros médicos de cada compañía, por si
alguno de los facultativos que buscamos no se encuentran ya de alta para
atención de los mutualistas, aunque sí permanezcan en la misma compañía
pero solo para atender a clientes particulares.
Son
ya demasiadas las ocasiones en que facultativos (o centros concertados)
de alta en determinadas compañías médicas privadas para la atención de
clientes particulares, han desaparecido de los cuadros de esas mismas
compañías para la atención de los mutualistas, si bien se encontraban en
dichos cuadros en años anteriores.
A
nadie se le escapa la importancia en encontrar el facultativo o centro
sanitario adecuado, que ha desaparecido de un año para otro del cuadro
de la entidad médica privada para los mutualistas pero no para los
clientes particulares, que es más importante aún en los casos en los que
la enfermedad que debe ser atendida es de carácter grave.
Para CCOO
este tipo de actuaciones se producen exclusivamente por la inacción de
la Gerencia de la Mutualidad, que no está actuando como debe para la
defensa de los intereses de las y los mutualistas.
Adjuntamos enlace a la página de la MUGEJU con la información sobre las
fechas del cambio de entidad médica y los efectos de ese cambio.
La MUGEJU no ha publicado nota informativa al respecto, si nos atenemos
a estos años pasados y a la información publicada en su página web de forma
permanente, indicaros que...
Los mutualistas y las mutualistas, cuando
tramiten su alta en la Mutualidad General Judicial, pueden optar por
recibir asistencia sanitaria a través de una entidad médica privada, que
esté en el concierto, o de los Servicios Públicos de Salud de las CCAA
o, en Ceuta y Melilla, a través del INGESA.
Pueden cambiar su opción de entidad prestadora de la asistencia sanitaria en los siguientes supuestos:
- Cambio ordinario (Desde el 1 al 31 de enero de cada año)
Los mutualistas y las mutualistas
pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años,
durante el mes de enero, por una sola vez.
Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido.
Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido.
- Cambio extraordinario (Durante todo el año)
Cuando se produzca un cambio de destino del/de la mutualista en activo, o de residencia del/de la mutualista jubilado/jubilada o del/de la titular no mutualista, que implique, en todos los casos, un cambio de provincia.-
Para este cambio, deberán presentar:
- El modelo A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES
- Los mutualistas y las mutualistas en activo deberán adjuntar la toma de posesión en el nuevo destino.
- Cuando, por circunstancias excepcionales, el mutualista o la
mutualista obtenga la conformidad expresa, por escrito, de las dos
entidades afectadas.
Para solicitar este cambio, deberán presentar:- El modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO EXTRAORDINARIO y adjuntar los escritos de conformidad de las entidades afectadas.
-
Para este cambio, deberán presentar:
En todo caso, los beneficiarios y las
beneficiarias se adscribirán a la misma entidad médica por la que opte
el titular o la titular de quien dependa su derecho.
Para información relacionada con las entidades médicas puede llamar a
cualquiera de los teléfonos del Área de Asistencia Sanitaria o
consultar, en esta misma página, en el apartado de Prestaciones.
En la página web de la Mugeju explican los pasos a seguir para el cambio de entidad vía ONLINE.
Cambio de Entidad Médica online
RECORDAROS que en el BOE de 12 de noviembre de 2018 se publicó el CONCIERTO SANITARIO para 2019 entre Mugeju y las EEMM (entidades médicas privadas)
Además en la página web de la Mugeju (Enlace CUADROS MÉDICOS-Mugeju) ya
se pueden consultar los CUADROS MÉDICOS de las entidades para el año
2019.
· ASISA
· CASER
· SANITAS
Y por último recordaros que la ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO durante 2019, será a cargo de CASER, salvo para los países englobados dentro de la TARJETA SANITARIA EUROPEA.
La asistencia sanitaria a
mutualistas de Mugeju en desplazamientos temporales al extranjero por un
periodo inferior o igual a 120 días, por destino u otros motivos no
laborales, durante el año 2019, se
prestará
en la forma y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la compañía Caja de Seguros Reunidos,
Compañía de Seguros y reaseguros, S.A. -CASER-
Nº de Póliza: 00001824
Teléfono para la prestación de
estos servicios en el extranjero en 2018:+ 34 910551648
Enlaces