La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha
aprobado hoy una instrucción, que se publicará en el Boletín Oficial del
Estado, relativa a la obligatoriedad del uso de medios informáticos por
los miembros de la Carrera Judicial.
La instrucción aprobada determina las condiciones
técnicas que deben reunir los programas y medios técnicos que se
implanten en los Juzgados y Tribunales para que su uso sea obligatorio
y, en segundo lugar, establece las condiciones que se deben satisfacer
en relación con la formación en la utilización de esos programas y las
políticas de prevención de salud profesional relativas al uso de
pantallas de visualización de datos, conforme a la normativa vigente y
al Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial.
El texto aprobado fija también los procedimientos para verificar
que los programas cumplen las condiciones que permiten imponer su
obligatoriedad a jueces y magistrados y las consecuencias derivadas de
la no superación del test de requisitos técnicos, de gestión y de
formación mínima para que el programa pueda imponerse como obligatorio.
Así,
“mientras los programas y herramientas procesales no sean obligatorios
para los jueces y magistrados, se les deberá garantizar el acceso a
expedientes en papel, bien sea porque su tramitación se lleva a cabo de
dicha forma o bien porque se establezca un expediente paralelo o
duplicado en papel”, señala la instrucción.
A modo de ejemplo, entre los requisitos que se exigen a los Sistemas
de Gestión Procesal (SGP) que se implanten figuran la posibilidad de
acceder a todas las funcionalidades que el juez precisa para ejercer su
función en la misma herramienta, sin necesidad de cambiar de aplicación;
de realizar búsquedas a texto completo sobre todo el expediente con un
solo clic; o de contar con un índice asociado que permita el acceso
rápido a cualquier documento.
La instrucción también establece que, para que el uso de los medios
informáticos pueda considerarse obligatorio, las Administraciones
deberán proporcionar a los jueces y magistrados medios adecuados para
trabajar en un entorno digital: pantallas con un tamaño suficiente para
presentar varios entornos de trabajo o, en su defecto, doble pantalla;
impresora para uso personal, lectores de tarjetas criptográficas y de
discos ópticos, altavoces para la audición de grabaciones, etcétera; así
como los medios necesarios para trabajar en remoto.
Por último, dice que “los servidores de aplicaciones y herramientas
centralizados estarán accesibles mediante líneas de comunicaciones de
altas prestaciones, con altos anchos de banda, para permitir el acceso a
información multimedia sin merma de calidad. Asimismo, tendrán la
potencia suficiente para evitar bloqueos o lentitud en las respuestas y
la alta disponibilidad que evite la pérdida del servicio”.
Desde
diciembre de 2015 cuando se empezó a
trabajar con el protocolo para la presentación telemática de demandas y
escritos en el orden civil, y sobre todo desde la implantación, como
imposición y sin negociación, de la llamada "justicia digital", Comisiones Obreras ha
venido requiriendo a los distintos cargos ministeriales, TODO lo que a
estas alturas de la película quiere exigir el CGPJ al Ministerio de
Justicia para los integrantes de la Carrera Judicial.
La "imposición" de las nuevas tecnologías debe ser
para todos y en las mismas condiciones, que deben ser las mejores
posibles, porque redundará en beneficio de nuestro trabajo, y del
servicio público que debemos prestar.
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PODER JUDICIAL
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