DEVOLUCIÓN DE OFICIO DE LAS CANTIDADES DESCONTADAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL


26 nov 2018


 
 
 
Como bien sabéis, el pasado 14 de noviembre vino publicado en el BOE la Resolución de 6 de noviembre de la Dirección General de la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal por contingencias comunes, por la que se acordaba que se ELIMINABAN LOS DESCUENTOS POR INCAPACIDADES TEMPORALES, con efectos retroactivos desde el 31 de julio.

Aquellos compañer@s que desde esta fecha han estado en situación de incapacidad temporal, y han visto como en sus nóminas se producían descuentos, nos informan desde el ministerio, que se les va a devolver de OFICIO las cantidades que no cobraron en su día, y que ya en la nómina de noviembre, salvo error, no han procedido a realizar los descuentos a aquellos que estaban o están con una incapacidad temporal.

Por lo tanto, si en las nóminas de diciembre, o más tardar en la enero, NO han devuelto las cantidades descontadas por haber estado con una incapacidad temporal desde el 31 de julio de 2018, entonces aconsejamos formular la oportuna reclamación por escrito. Pero, esperamos que el ministerio cumpla con lo manifestado, y se devuelva de oficio las cantidades sin necesidad de petición de la parte afectada.

Esta resolución es para el ámbito Ministerio de Justicia y para todos los cuerpos que dependemos del ministerio.
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