CLÁUSULAS SUELO. Petición favorable para nombrar REFUERZOS en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de VALLADOLID


1 nov 2018




La Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del TSJ de CyL, en su reunión del pasado 22 de octubre, adoptó un acuerdo que afecta a los compañeros destinados en los Juzgados "especializado" en cláusulas suelo, el Juzgado de Primera Instancia nº 4  de Valladolid. 

Hace referencia a la nueva petición para el aumento de la plantilla de dicho órgano judicial.

Así se informa favorablemente el nombramiento de un funcionario del Cuerpo de Gestión, dos del Cuerpo de Tramitación y un funcionario del Cuerpo de Auxilio, todos ellos a tiempo completo, para servir como refuerzo en el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Valladolid.


A continuación la transcripción parcial del acuerdo.


12º.- [Expediente General Nº 82/2017].
Ponente: D. Francisco Javier Pardo Muñoz.

Dar cuenta del escrito-informe del Secretario Coordinador Provincial de Valladolid, de 27 de septiembre de 2018, relativo a la situación de discriminación alegada por los funcionarios del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Valladolid, y petición de personal para el Juzgado especializado en materia relativa a condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.

Existe una evidente situación de desigualdad entre el número de procedimientos que ordinariamente, día a día o mes a mes, se registran en el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 en relación con el resto de Juzgados de Primera Instancia de Valladolid.

De los datos examinados e informados parece evidente que, frente a las 540 demandas recibidas desde el 1 de junio al 31 de diciembre por el resto de Juzgados de Primera Instancia, el Juzgado denominado popularmente 4 bis ha recibido y registrado 3.356 demandas, seis veces más que los primeros. Por otra parte, de los datos examinados desde el 1 de enero de 2018 hasta el 25 de septiembre de 2018, se observa que, frente a las 850 demandas registradas en el resto de Juzgados, en el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 se han registrado 2.544 demandas, tres veces más que los primeros.

La situación en abstracto parece evidentemente discriminatoria, por lo que es necesario determinar en el momento actual si con el refuerzo hasta la fecha nombrado (un Magistrado, un Letrado de la Administración de Justicia en comisión de Servicios sin relevación de funciones, un funcionario de Auxilio a jornada completa, dos Gestores y dos Tramitadores en prolongación de jornada de 5 horas semanales), se puede o no igualmente considerar discriminatoria en términos relativos. Sin perjuicio de que las valoraciones subjetivas son siempre discutibles, a mi modo de entender este asunto, la dotación de personal existente en el Juzgado valorado en el presente informe es claramente insuficiente, revelándose que la prolongación en 5 horas semanales las horas laborales del personal del Juzgado que se han acogido al plan de refuerzo es insuficiente.

Si partimos del hecho de que en la actualidad se han incoado unas 5.900 demandas y se han puesto 1.180 sentencias, existiendo una pendencia calculada por la Letrada del Juzgado Nº 4 de 4.456 juicios, teniendo en cuenta que todavía siguen entrando alrededor de 300 demandas por mes (279 mayo, 357 junio, 260 julio), se observa que la situación de pendencia se puede ir agravando con el tiempo.

No parece muy correcto que respecto de demandas que han entrado después de enero y que han correspondido al Juzgado Nº 4 ya se haya celebrado juicio, e incluso se ha dictado sentencia, mientras que demandas presentadas en noviembre y diciembre de 2017 y que son tramitadas por el Juzgado 4 bis todavía no han sido ni incoadas. Esta situación revela la necesidad de dar impulso al mal denominado Juzgado 4 bis a través de la potenciación de su personal. Bien es cierto que en la actualidad la materia atribuida a este Juzgado está limitada a los asuntos que han tenido entrada con anterioridad al 1 de enero de 2018, y con el transcurso del tiempo lógicamente se tenderá a la incoación y resolución de todos estos procedimientos, pero sería más adecuado la resolución inmediata de esta cuestión y que el personal de refuerzo se pueda dedicar a asumir nuevas competencias, pues de lo contrario se podría dilatar en exceso su resolución.

Por otra parte, se observa que el gran atasco del Juzgado Nº 4 se encuentra en el señalamiento de la Audiencia Previa, dado que por el número de asuntos que entran, y el ritmo de señalamiento (dos días a la semana con unos 12 juicios por sesión), se está produciendo un colapso exponencial, calculado en la actualidad en unos 900 expedientes pendientes de señalar para audiencia previa. El problema es que el nombramiento de un nuevo funcionario no conseguiría desenredar el atasco en esta fase procesal, pero por los datos aportados también se aprecia la necesidad de refuerzo de personal para la tramitación del importante número de demandas presentadas desde el 1 de enero en el Juzgado Nº 4.

Así las cosas, la Comisión Permanente acepta en sus propios términos la propuesta del informante, y dada la alta probabilidad de que de modo inminente por el Presidente del TSJ se asigne una JAT al dicho Juzgado, procede informar favorablemente el nombramiento de un funcionario del Cuerpo de Gestión, dos del Cuerpo de Tramitación y un funcionario del Cuerpo de Auxilio, todos ellos a tiempo completo, para servir como refuerzo en el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Valladolid.
Imprimir artículo