La
Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del TSJ de CyL,
en su reunión del pasado 22 de octubre, adoptó un acuerdo que
afecta a los compañeros destinados en los Juzgados "especializado" en
cláusulas suelo, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Valladolid.
Hace referencia a la nueva petición para el aumento de la plantilla de dicho órgano judicial.
Así se
informa
favorablemente el nombramiento de un funcionario del Cuerpo de Gestión,
dos del Cuerpo de Tramitación y un funcionario del Cuerpo de Auxilio,
todos ellos a tiempo completo, para servir como refuerzo en el Juzgado
de Primera Instancia Nº 4 de Valladolid.
A continuación la transcripción parcial del acuerdo.
12º.- [Expediente General Nº 82/2017].
Ponente: D. Francisco Javier Pardo Muñoz.
Ponente: D. Francisco Javier Pardo Muñoz.
Dar
cuenta del escrito-informe del Secretario Coordinador Provincial de
Valladolid, de 27 de septiembre de 2018, relativo a la situación de
discriminación alegada por los funcionarios del Juzgado de Primera
Instancia Nº 4 de Valladolid, y petición de personal para el Juzgado
especializado en materia relativa a condiciones generales incluidas en
contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo
prestatario sea una persona física.
Existe
una evidente situación de desigualdad entre el número de procedimientos
que ordinariamente, día a día o mes a mes, se registran en el Juzgado
de Primera Instancia Nº 4 en relación con el resto de Juzgados de
Primera Instancia de Valladolid.
De
los datos examinados e informados parece evidente que, frente a las 540
demandas recibidas desde el 1 de junio al 31 de diciembre por el resto
de Juzgados de Primera Instancia, el Juzgado denominado popularmente 4
bis ha recibido y registrado 3.356 demandas, seis veces más que los
primeros. Por otra parte, de los datos examinados desde el 1 de enero de
2018 hasta el 25 de septiembre de 2018, se observa que, frente a las
850 demandas registradas en el resto de Juzgados, en el Juzgado de
Primera Instancia Nº 4 se han registrado 2.544 demandas, tres veces más
que los primeros.
La
situación en abstracto parece evidentemente discriminatoria, por lo que
es necesario determinar en el momento actual si con el refuerzo hasta
la fecha nombrado (un Magistrado, un Letrado de la Administración de
Justicia en comisión de Servicios sin relevación de funciones, un
funcionario de Auxilio a jornada completa, dos Gestores y dos
Tramitadores en prolongación de jornada de 5 horas semanales), se puede o
no igualmente considerar discriminatoria en términos relativos. Sin
perjuicio de que las valoraciones subjetivas son siempre discutibles, a
mi modo de entender este asunto, la dotación de personal existente en el
Juzgado valorado en el presente informe es claramente insuficiente,
revelándose que la prolongación en 5 horas semanales las horas laborales
del personal del Juzgado que se han acogido al plan de refuerzo es
insuficiente.
Si partimos del hecho de que en la actualidad se han incoado unas 5.900 demandas y se han puesto 1.180 sentencias, existiendo una pendencia calculada por la Letrada del Juzgado Nº 4 de 4.456 juicios, teniendo en cuenta que todavía siguen entrando alrededor de 300 demandas por mes (279 mayo, 357 junio, 260 julio), se observa que la situación de pendencia se puede ir agravando con el tiempo.
Si partimos del hecho de que en la actualidad se han incoado unas 5.900 demandas y se han puesto 1.180 sentencias, existiendo una pendencia calculada por la Letrada del Juzgado Nº 4 de 4.456 juicios, teniendo en cuenta que todavía siguen entrando alrededor de 300 demandas por mes (279 mayo, 357 junio, 260 julio), se observa que la situación de pendencia se puede ir agravando con el tiempo.
No
parece muy correcto que respecto de demandas que han entrado después de
enero y que han correspondido al Juzgado Nº 4 ya se haya celebrado
juicio, e incluso se ha dictado sentencia, mientras que demandas
presentadas en noviembre y diciembre de 2017 y que son tramitadas por el
Juzgado 4 bis todavía no han sido ni incoadas. Esta situación revela la
necesidad de dar impulso al mal denominado Juzgado 4 bis a través de la
potenciación de su personal. Bien es cierto que en la actualidad la
materia atribuida a este Juzgado está limitada a los asuntos que han
tenido entrada con anterioridad al 1 de enero de 2018, y con el
transcurso del tiempo lógicamente se tenderá a la incoación y resolución
de todos estos procedimientos, pero sería más adecuado la resolución
inmediata de esta cuestión y que el personal de refuerzo se pueda
dedicar a asumir nuevas competencias, pues de lo contrario se podría
dilatar en exceso su resolución.
Por
otra parte, se observa que el gran atasco del Juzgado Nº 4 se encuentra
en el señalamiento de la Audiencia Previa, dado que por el número de
asuntos que entran, y el ritmo de señalamiento (dos días a la semana con
unos 12 juicios por sesión), se está produciendo un colapso
exponencial, calculado en la actualidad en unos 900 expedientes
pendientes de señalar para audiencia previa. El problema es que el
nombramiento de un nuevo funcionario no conseguiría desenredar el atasco
en esta fase procesal, pero por los datos aportados también se aprecia
la necesidad de refuerzo de personal para la tramitación del importante
número de demandas presentadas desde el 1 de enero en el Juzgado Nº 4.
Así
las cosas, la Comisión Permanente acepta en sus propios términos la
propuesta del informante, y dada la alta probabilidad de que de modo
inminente por el Presidente del TSJ se asigne una JAT al dicho Juzgado,
procede informar favorablemente el nombramiento de un funcionario del
Cuerpo de Gestión, dos del Cuerpo de Tramitación y un funcionario del
Cuerpo de Auxilio, todos ellos a tiempo completo, para servir como
refuerzo en el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Valladolid.