Administración de Justicia. Comunicado especial con motivo del temporal de frío y nieve, remitido a CCOO por el ministerio.


10 ene 2021




El Ministerio de Justicia acaba de remitir a CCOO, tal como le había solicitado, un comunicado del Secretario general, en relación a la prestación del servicio público de Justicia durante los próximos días 11 y 12, como consecuencia del temporal de nieve y frío que está afectando a buena parte del territorio español. Y dice:


A la vista de las dificultades provocadas por el temporal meteorológico, y dado que las mismas afectan a la prestación de los diferentes servicios públicos, entre ellos el de Justicia, esta Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia comunica las siguientes instrucciones, respecto de la prestación del servicio de los funcionarios de la Administración de Justicia en los días 11 y 12 de enero de 2021, en los centros de trabajo ubicados en localidades afectadas severamente por el temporal “Filomena”:

 

1.                    Los funcionarios que dispongan de medios para la realización de teletrabajo no acudirán a sus centros de destino y realizarán su jornada a través de dicha modalidad.

 

2.           El resto de empleados públicos que no dispongan de medios para teletrabajar deberán acudir a sus centros de destino, siempre que estén operativos viales, recorridos o transportes públicos adecuados y seguros y se garantice, además, el regreso al final de la jornada. (por ejemplo, utilización del metro en Madrid capital o recorridos a pie en condiciones de seguridad y distancia adecuadas). No obstante, en aquellos casos en los que los empleados residan en un municipio distinto al de su lugar de trabajo y las condiciones meteorológicas afecten a su desplazamiento, estarán exentos de acudir presencialmente.

 

3.        El Servicio de Guardia se prestará de forma ordinaria, con las excepciones previstas en el apartado anterior. Para el caso de que, por las propias circunstancias concurrentes, el servicio de Guardia no pueda ser atendidos por el personal titular, habrá de acudirse a los turnos de sustitución ordinarios.

 

4.   Tendrán también que acudir presencialmente los funcionarios adscritos a Registros Civiles y Decanatos, aunque podrá establecerse un sistema de turnos rotatorios para los empleados durante esos días.

 

A estos efectos, las sedes judiciales se abrirán con la normalidad que permitan las circunstancias.

 

Estas medidas se mantendrán durante los días 11 y 12 de enero, a la espera de la evolución de las condiciones meteorológicas.

 

Se apela a la responsabilidad individual de todas y todos los empleados públicos para conseguir la mayor eficacia de estas medidas excepcionales y para el mantenimiento de los servicios que presta la Administración de Justicia, en la seguridad de contar con la máxima colaboración de todos.

 

Madrid, 10 de enero de 2021

 

El Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia Borja Vargues Valencia

 

 

 

CCOO RECHAZA EL COMUNICADO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA PORQUE NO GARANTIZA LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS A LAS QUE EXIGE ACUDIR A SUS PUESTOS DE TRABAJO


CCOO HA PRESENTADO MINUTOS DESPUÉS DE HABER RECIBIDO ESTE COMUNICADO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA UN TEXTO ALTERNATIVO, QUE MODIFICA ESENCIALMENTE EL  COMUNICADO DEL MINISTERIO, EN EL SENTIDO SIGUIENTE:

 

El resto de empleados públicos que no dispongan de medios para teletrabajar estarán exentos de acudir a sus centros de destino en el caso de  que no estén operativos viales, recorridos o transportes públicos adecuados y seguros y no se garantice, además, el regreso al final de la jornada. (por ejemplo, utilización del metro en Madrid capital o recorridos a pie en condiciones de seguridad y distancia adecuadas).

Asimismo, en aquellos casos en los que los empleados residan en un municipio distinto al de su lugar de trabajo y las condiciones meteorológicas afecten a su desplazamiento, estarán exentos de acudir presencialmente.

El Servicio de Guardia se prestará de forma extraordinaria, con las excepciones previstas en el apartado anterior. Para el caso de que, por las propias circunstancias concurrentes, el servicio de Guardia no pueda ser atendido por el personal titular, habrá de acudirse a los turnos de sustitución ordinarios, siempre y cuando esto sea posible para la integridad de las personas. El Ministerio de Justicia garantizará el desplazamiento en condiciones de seguridad para su integridad a todas las personas que deban acudir al servicio de guardia, si estos fueran imprescindibles. Se asegurará que el servicio se preste con el menor personal que sea posible.

(ELIMINACIÓN DEL PÁRRAFO: "Tendrán también que acudir presencialmente los funcionarios adscritos a Registros Civiles y Decanatos, aunque podrá establecerse un sistema de turnos rotatorios para los empleados durante esos días".) 

A estos efectos, las sedes judiciales se abrirán con la normalidad que permitan las circunstancias, siempre y cuando el personal pueda acudir en condiciones de seguridad y garantizando su integridad. En caso contrario, se autoriza que no asistan a sus puestos de trabajo

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