Reunión de CCOO con el nuevo Gerente de la Mutualidad General Judicial
CCOO
LE HA RECLAMADO LA INCLUSIÓN DE TODAS LAS VACANTES DE MUGEJU EN
EL CONCURSO DE TRASLADO Y LA REPRESENTACIÓN EN CONDICIONES DE
IGUALDAD DE TODAS LAS PERSONAS MUTUALISTAS EN LOS ÓRGANOS DE
CONTROL, SIN PRIVILEGIOS PARA LOS CUERPOS DE TITULACIÓN SUPERIOR
También le hemos dado traslado de las más importantes reclamaciones que, en relación con las prestaciones y la entidades médicas privadas, tenemos planteadas desde hace mucho tiempo ante la MUGEJU y que, por ahora, no han sido atendidas
En cuanto tuvimos
conocimiento del nombramiento de un nuevo Gerente en la MUGEJU la
pasada semana, CCOO le
solicitó la celebración inmediata de una reunión para ponerle en
antecedentes de la nefasta gestión que, a nuestro juicio, se ha
llevado a cabo en la última época por parte de la Gerente ahora
cesada, reunión que se ha celebrado en el día de hoy
Por parte de CCOO
le hemos planteado con carácter general:
- Que gestione ante el Ministerio la inclusión en el concurso de traslado, que se publicará de forma inmediata, de todas las plazas vacantes, dando cumplimiento a las sentencias que, en demandas interpuestas por este sindicato, así lo disponen
- Que se modifique el Real Decreto 96/2019 para que todos los mutualistas tengan una representación democrática e igualitaria en los órganos de control de la MUGEJU, acabando con el privilegio de que los cuerpos de mayor titulación tengan una representación proporcionalmente mayor que el resto
Y respecto a las
prestaciones de la MUGEJU y su gestión, CCOO
le ha hecho llegar al nuevo Gerente nuestras principales
propuestas que, como ya hemos informado en ocasiones anteriores,
básicamente son las relativas a:
- Reclamación sobre qué debe considerarse urgencia vital para los y las mutualistas adscritos a entidades médicas privadas que acuden a servicios públicos de salud, para lo cual debería atenderse a síntomas cuya naturaleza hagan previsible un riesgo vital inminente o muy próximo o un daño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse una actuación terapéutica rápida, y no a un diagnóstico posterior, que es en lo que se basan las entidades médicas privadas, con la aquiescencia de la Gerencia de la MUGEJU, para rechazar pagar dicha asistencia de urgencias
- Demanda de participación de los y las mutualistas adscritos a las entidades médicas privadas, por sí o por medio de sus representantes, en las Comisiones Mixtas en que se debaten sus reclamaciones frente a las entidades médicas privadas
- Propuesta de modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, a fin de que las aportaciones de los pensionistas de la Mutualidad General Judicial y sus beneficiarios sean las mismas que la de los pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios
- Atención con cargo de las entidades médicas privadas a los y las mutualistas adscritos a dichas entidades, en caso de asistencia de urgencia en municipios de menos de 20.000 habitantes, por parte de los servicios públicos de salud, en caso de personas que sufran situaciones críticas agudas que obliguen a una atención no demorable, siempre que no se disponga de centros concertados en el municipio en el que se encuentre el beneficiario que origine la asistencia
- Introducción, con el dinero no gastado de otras prestaciones, de “ayuda de tratamientos y terapias médicas no incluidas en la prestación sanitaria”, para la ayuda económica en caso de terapias o tratamientos de eficacia probada médica y científicamente o que precisen de dispositivos de control de patologías, no incluidos todavía en la cartera nacional de salud
- Iniciativa, respecto de los y las mutualistas adscritos a entidades médicas privadas, para que las reclamaciones del pago de servicios médicos a éstas puedan presentarse a través de la MUGEJU
- Apertura de consultorios de asistencia médica de la Mutualidad General Judicial en los centros de trabajo que cuenten con 250 o más mutualistas trabajando
- Implantación de las nuevas tecnologías para el establecimiento generalizado de la receta electrónica y para la realización telemática de todos los trámites y solicitudes (prestaciones, visados, subsidios, etc)
- Regulación de las incapacidades, altas obligatorias y enfermedades derivadas de contingencias profesionales
Ante
la obligada negociación para el próximo año del nuevo convenio con
las entidades médicas privadas, CCOO
le ha exigido al nuevo gerente que se negocie de forma
transparente y con la participación y propuestas de todos los
colectivos de mutualistas, sin decisiones tomadas de forma unilateral
a las que anteriores responsables de la MUGEJU nos tenían
acostumbrados/as. Le hemos comunicado que no admitiremos nuevos
recortes en las obligaciones de las EEMM ni la consolidación de los
efectuados en anteriores acuerdos
El nuevo gerente ha mostrado su predisposición al diálogo y ha
garantizado que convocará en septiembre a todos los colectivos que
representamos a los y las mutualistas para escuchar nuestras
reivindicaciones
Por
último, se ha comprometido con CCOO
a empezar a negociar, también en septiembre, la Relación de Puestos
de Trabajo del Personal de Justicia de la MUGEJU, ya que la que
impusieron la anterior gerencia y el anterior equipo del Ministerio
de Justicia fue anulada por los tribunales de justicia por falta de
negociación colectiva, también en base a la demanda que interpuso
este sindicato