El ministerio ha dictado en la noche de ayer, la INSTRUCCIÓN DE 4 DE ABRIL DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD JURÍDICA Y FE PÚBLICA SOBRE REMISIÓN DE DATOS DE LOS REGISTROS CIVILES, en la que se indica que:
Se hace preciso, para poder ser eficaces en la lucha contra esta pandemia, tener perfectamente definido el número de defunciones y los lugares en las que éstas se producen, datos que deben conocerse con el mayor grado de exactitud posible y con la inmediatez que exige la realidad, una vez comprobado que por el aumento de número de defunciones y la reducción del personal en los Registros civiles no es posible tener actualizada a diario la plataforma Inforeg
La Dirección General es consciente del enorme esfuerzo que están realizando los Encargados, los Letrados y los funcionarios de los distintos Registros Civiles, habiéndose configurado la Oficina del Registro Civil como un servicio más que nunca esencial, y de que esta información que se les solicita supone un trabajo añadido, pero es la única forma de poder ofrecer a los ciudadanos una información veraz, contrastada y lo más objetiva posible, que permitirá también a las autoridades sanitarias poner el foco en aquellos lugares donde los índices de mortalidad se han visto incrementados. Es por ello que esta Dirección General, en el ámbito de las competencias que le son propias, dicta la siguiente Instrucción:
ÚNICA.- Todos los Registros civiles, tanto exclusivos como con competencias en otras materias, así como los registros civiles de los Juzgados de paz, remitirán a esta Dirección General a la dirección de correo sgnac.estadocivil@mjusticia.es , una vez finalizada su jornada laboral, una relación en la que conste el número de defunciones que han tenido acceso al Registro, número de licencias de enterramiento que se han concedido, y el lugar de la defunción, especificando la localidad y si la misma se ha producido en un hospital, residencia o vivienda habitual.