Pueden verse AQUÍ Servicios esenciales en la Administración de Justicia
TRAS LA
DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA POR EL GOBIERNO EL MINISTERIO DE JUSTICIA
REMITE LA RESOLUCIÓN QUE FIJA LOS SERVICIOS MÍNIMOS
CCOO
insiste en que estos servicios mínimos sean prestados en régimen de
disponibilidad y por turnos rotatorios y no de presencia constante en los centros
de trabajo
EL MINISTERIO DE JUSTICIA INFORMA A CCOO QUE
ANTES DEL LUNES PUBLICARÁ UNA NUEVA RESOLUCIÓN EN LA QUE “SE INCORPORARAN
ALGUNAS DE NUESTRAS PROPUESTAS” (veremos)
Para CCOO, es una grave irresponsabilidad obligar al
personal de la Administración de Justicia a asistir de forma presencial a la
prestación de estos servicios mínimos poniendo en riesgo su salud y la de la
ciudadanía mientras que por la autoridad sanitaria se recomienda el teletrabajo
y la permanencia en el domicilio.
Por eso hemos
propuesto al propio Ministerio, a las CCAA con competencias transferidas, al
Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado que estos
servicios mínimos se cubran mediante la modalidad de disponibilidad, debiendo asistir el
personal a las oficinas judiciales y fiscales para la práctica de diligencias
concretas.
Por otra parte, hemos exigido que se indique expresamente si el próximo lunes a primera
hora el personal debe o no asistir al centro de trabajo, dado que no están
fijadas aun las personas concretas que deberán cubrir estos servicios mínimos.
Reiteramos las otras propuestas que hemos efectuado
esta misma mañana al ministerio de Justicia y a las CCAA con competencias
transferidas y que, por ahora, no han sido atendidas: Estos
servicios esenciales en régimen de disponibilidad deberán ser prestados de
forma rotatoria en turnos diarios excluyéndose de dichos turnos a
- Personas que
padezcan patologías que sean
susceptibles de agravarse por el contagio del coronavirus y trabajadoras
embarazadas.
- Personas que
estén de permiso o lo hayan solicitado por deber inexcusable para la atención
de menores o mayores que estén bajo su
dependencia.
Por
último, la resolución de servicios mínimos establece que deberán establecerse
las siguientes medidas preventivas:
- Se extremará la
limpieza y desinfección de las instalaciones.
- Se suministrarán
mascarillas, soluciones alcohólicas, guantes y papel desechable en las sedes
judiciales y en concreto en el acceso a los edificios, salas de vistas y demás
dependencias judiciales en especial en las salas de detenidos y dependencias de
guardia.
DONDE NO SE CUMPLAN ESTAS MEDIDAS SE
DEBERÁ ABANDONAR INMEDIATAMENTE EL CENTRO DE TRABAJO POR RIESGO DE CONTAGIO
SEGUIREMOS INFORMANDO
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