Orden JUS/35/2020, de 13 de enero, por la que se resuelve el concurso de
traslado, convocado por Orden JUS/1123/2019, de 8 de noviembre, para la
provisión de plazas del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
Plazo de cese.- Deberán
cesar en sus actuales destinos dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con
lo establecido en el artículo 117 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de
Secretarios Judiciales
Plazo de toma de
posesión.- Empezará a contarse a partir del siguiente al del cese y será:
- Tres días hábiles si el destino implica cambio de residencia
- Ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la misma Comunidad Autónoma
- Veinte días hábiles, si es consecuencia de reingreso al servicio activo o comporta cambio de Comunidad Autónoma.
- Un mes.- El cambio de destino desde Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla
El período de plazo
posesorio es computable a efectos de consolidación de categoría como tiempo de
desempeño en el nuevo puesto excepto en los supuestos de reingreso desde la
situación de excedencia voluntaria, una vez transcurrido el primer año o
excedencia por cuidado de hijos una vez transcurridos dos años
El cómputo de los
plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias,
incluida la de vacaciones que hayan sido concedidas a los interesados