En el informe del año 2018 que ha confeccionado la Institución del Procurador del Común de CyL, y que debe presentarse en las Cortes cuando sus señorías quieran volver de vacaciones, existe un apartado relativo a la Justicia (Abogados, Procuradores, Registro Civil, Administración Penitenciaria, etc.). Han sido breves, apenas un folio y medio, que trascribimos a continuación, destacando que las quejas recibidas en este apartado, el de la Justicia, representan solo el 1% de todas las recibidas por el Procurador del Común de CyL.
"En el año 2018 se han recibido treinta y seis quejas en el Área de Justicia. Por
encima de las registradas en 2017, que ascendieron a
veintiocho, y las mismas que se presentaron durante el ejercicio
2016. Las problemáticas que se han planteado ante esta Institución continúan siendo las mismas que en años anteriores.
El funcionamiento de los órganos jurisdiccionales
ha dado lugar a la presentación de diez quejas. En concreto,
en tres de ellas se planteaba la disconformidad con el
contenido de diversas resoluciones judiciales, en seis
reclamaciones se hacía referencia a irregularidades y retrasos en
la tramitación y ejecución de procedimientos y, en una
última, se manifestaba la disconformidad con la actuación concreta de
un órgano judicial.
Respecto a la actividad de los registros civiles, se han recibido dos reclamaciones.
Y en el apartado de abogados y procuradores
se han presentado cinco quejas. Una de ellas relacionada con el
turno de oficio, otra relativa a la práctica profesional y tres sobre
los colegios de abogados y procuradores.
Son los problemas relacionados con la administración penitenciaria
los que han generado un mayor número de reclamaciones en el
Área de Justicia. Se han registrado, en concreto, dieciséis
quejas. Están relacionadas con solicitudes de traslado de
centro penitenciario, de libertad provisional y con la atención,
régimen y funcionamiento de este tipo de recursos. En
ninguno de los expedientes registrados se ha formulado resolución
alguna por esta Procuraduría, teniendo en cuenta, como se ha
expuesto reiteradamente en los sucesivos Informes anuales, la
inexistencia de competencias en esta materia. Por esta razón, y
con carácter general, los expedientes se remiten al Defensor del
Pueblo estatal o se archivan por el Procurador del Común.
En concreto, se trasladaron a esa Defensoría los expedientes relativos al
régimen penitenciario, algunos relacionados con el funcionamiento
de los órganos judiciales, de los registros civiles, del turno de
oficio y con la práctica profesional de abogados y procuradores y sus
colegios profesionales.
Y
fueron archivadas por esta Procuraduría las quejas en las que los
interesados manifestaban su disconformidad con el contenido de
concretas resoluciones judiciales, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 117.1 de la Constitución (en el que se recoge el principio
de independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional)".