Publicada rectificación del Ministerio de Justicia de la Orden de convocatoria de promoción interna de Gestión, como en Tramitación ayer


7 jun 2019



Promoción Interna
En el BOE de 7 de junio se ha publicado:

MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
Orden JUS/620/2019, de 28 de mayo, por la que se modifica la Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Rectificación errores Gestión Procesal     Otros formatos

Como en la Orden de Convocatoria de Tramitación  P.I: de ayer, CCOO había advertido al Ministerio de Justicia de estos errores que contradecían la normativa en vigor, pues trataba de forma diferente las lenguas autonómicas y ahora el ministerio lo corrige.


"Advertidos errores en la Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo, publicada en el «Boletín Oficial de Estado» número 84, de 8 de abril de 2019, se resuelve:


Primero

Modificar el párrafo segundo del punto 7.3. de la página 35954 de la Orden arriba mencionada donde se hace referencia a que «los opositores que concurran por Comunidades Autónomas con ejercicios optativos aportarán en este mismo momento las certificaciones acreditativas de los conocimientos correspondientes»; de modo que se sustituye «aportarán» por «podrán aportar» y se añade además al final de ese último párrafo la frase «al anexo I-C de la presente Orden.»

De este modo la frase correcta sería: «Los opositores que concurran por Comunidades Autónomas con ejercicios optativos podrán aportar en este mismo momento las certificaciones acreditativas de los conocimientos correspondientes al anexo I-C de la presente Orden».


Segundo

Modificar el anexo I-C en su punto primero en la página 35960 de la Orden arriba mencionada, sustituyendo la expresión «finalizada la fase de oposición» por «finalizado el proceso selectivo».

De este modo el párrafo correcto sería como sigue: «1. Conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizado el proceso selectivo, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente, o mediante la realización de una prueba de nivel de conocimientos».


Tercero

Modificar en el mismo anexo I-C en su punto primero en la página 35961 cuando se hace referencia a la puntuación otorgada al conocimiento de la lengua en el ámbito de Cataluña, de modo que se modifique la puntuación de 12 puntos, por la de 18 puntos en la siguiente frase: «supone el reconocimiento solo a estos efectos de hasta 12 puntos según el nivel de conocimientos acreditados en los términos siguientes». De este modo la frase correcta sería: «supone el reconocimiento solo a estos efectos de hasta 18 puntos según el nivel de conocimientos acreditados en los términos siguientes»."
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