- Actualización inmediata de las retribuciones al personal en caso de Incapacidad Temporal
A
PARTIR DEL 28 DE ENERO ENTRA EN VIGOR LA REFORMA DEL ART. 504 DE LA LOPJ,
APROBADA A PROPUESTA DE CCOO, PARA QUE LOS TRIENIOS Y DEMÁS INCREMENTOS
RETRIBUTIVOS SE HAGAN EFECTIVOS DURANTE LA BAJA O LICENCIA POR ENFERMEDAD SIN
TENER QUE ESPERAR A LA REINCORPORACIÓN
CCOO, único
sindicato que propuso esta medida a los grupos políticos, ha presentado
escritos al Ministerio de Justicia y a las Comunidades Autónomas con
competencias transferidas para que esta actualización retributiva sea efectiva
desde la nómina de este mismo mes de Enero
Esta iniciativa de CCOO, aprobada por las Cortes y publicada ya en el BOE, modifica sustancialmente la situación que existe hasta la fecha en la que el personal que se encuentra de baja o licencia por enfermedad no percibe hasta su reincorporación, y sin efectos retroactivos, los incrementos retributivos de carácter individual (el cumplimiento de nuevos trienios) ni los de carácter general como el incremento retributivo anual del sector público (2,25% en este mes de enero de 2019, más 0,25 % en julio si el PIB crece el 2,5 %) o las subidas de los complementos específicos acordadas para 2019 con diferentes comunidades autónomas con competencias en materia de justicia como Andalucía, Aragón, Asturias, Galicia, Madrid y Navarra.
Se pone fin así, gracias a CCOO, a esta injusta situación en la que, además, el importante número de compañeros y compañeras que pasaban directamente desde la situación de IT a la de jubilación por edad o por incapacidad nunca llegaban a percibir estos incrementos retributivos, ya que no se reincorporaban a su puesto de trabajo. Pero si se incorporaban de la baja, tampoco percibían los incrementos con carácter retroactivo, lo que ha constituido una agresión laboral sin precedentes y que CCOO ha combatido desde su origen con todos los medios posibles hasta lograr esta modificación legal de la máxima importancia.
La entrada en vigor de la reforma de la LOPJ que contiene esta propuesta de CCOO se producirá veinte días después de su publicación en el BOE, es decir, el 28 de Enero próximo, y es por eso que hemos remitido escrito al Ministerio de Justicia y a las Consejerías con competencias en el que indicamos que “el pasado día 29 de diciembre de 2018 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 4/2018 de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Dicha modificación supone entre otros la modificación del artículo 504, apartado 5, en uno de cuyos párrafos se recoge:
La entrada en vigor de la reforma de la LOPJ que contiene esta propuesta de CCOO se producirá veinte días después de su publicación en el BOE, es decir, el 28 de Enero próximo, y es por eso que hemos remitido escrito al Ministerio de Justicia y a las Consejerías con competencias en el que indicamos que “el pasado día 29 de diciembre de 2018 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 4/2018 de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Dicha modificación supone entre otros la modificación del artículo 504, apartado 5, en uno de cuyos párrafos se recoge:
“Durante el tiempo de duración de la licencia por enfermedad se aplicará al personal funcionario cualquier incremento retributivo, incluido el abono del perfeccionamiento de los trienios, que le pudiera corresponder si no se encontrase en esa situación de incapacidad temporal.”
Esta nueva regulación entrará en vigor el próximo día 28 de Enero y, por tanto, debe ser aplicada en la nómina de este mismo mes para el personal que se encuentre de baja o licencia por enfermedad.
Por todo ello, y a tenor de la nueva redacción de dicho precepto, desde CCOO solicitamos que de forma inmediata se proceda a actualizar y a abonar todos los incrementos retributivos, incluidos los nuevos trienios, a todos los compañeros y compañeras en situación de incapacidad temporal.
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Esta nueva regulación entrará en vigor el próximo día 28 de Enero y, por tanto, debe ser aplicada en la nómina de este mismo mes para el personal que se encuentre de baja o licencia por enfermedad.
Por todo ello, y a tenor de la nueva redacción de dicho precepto, desde CCOO solicitamos que de forma inmediata se proceda a actualizar y a abonar todos los incrementos retributivos, incluidos los nuevos trienios, a todos los compañeros y compañeras en situación de incapacidad temporal.