Asistencia Sanitaria en el extranjero. Se prorroga la poliza colectiva con CASER para 2019


19 dic 2018


 
 
 
La póliza colectiva 1824 suscrita entre la Mutualidad General Judicial y CASER para la asistencia sanitaria a mutualistas y beneficiarios desplazados en el extranjero por un período igual o inferior a 120 días, ha quedado prorrogada para el año 2019 en idénticas condiciones a las del año 2018.

a) MUTUALISTAS DESTINADOS FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL POR UN PERÍODO INFERIOR O IGUAL A 120 DÍAS.

Este colectivo tendrá derecho a la prestación sanitaria con un contenido análogo al que se facilita en territorio nacional, de acuerdo con la cartera de servicios de asistencia sanitaria de Mugeju.

La asistencia de carácter urgente y no demorable se prestará en la forma y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la compañía de seguros CASER.

En el caso de asistencia no cubierta por el mencionado contrato de seguros o si el gasto de la asistencia superara el límite reflejado en el mismo, Mugeju reintegrará el importe del exceso de gasto, hasta el límite del contenido y cobertura de su cartera de servicios, previa presentación del impreso de solicitud y de la documentación justificativa.

b) MUTUALISTAS Y SUS BENEFICIARIOS DESPLAZADOS TEMPORALMENTE POR RAZONES NO LABORALES, DURANTE UN PERÍODO INFERIOR O IGUAL A 120 DÍAS.

Este colectivo tendrá derecho durante un período máximo de 120 días, -sin limitación temporal, en caso de desplazamientos por estudios a la asistencia sanitaria de carácter urgente y no demorable en el país de desplazamiento, en la forma y condiciones establecidas en el contrato suscrito con la compañía de seguros CASER. Transcurrido dicho período, no procederá reintegro alguno de gastos.

Para hacer uso de esta prestación el mutualista debe dirigirse telefónicamente a CASER llamando al teléfono +34 91 055 16 48 haciendo referencia al número de póliza 1824.

Esta asitencia es independiente de la TARJETA SANITARIA EUROPEA (Tarjeta Sanitaria Europea)
 
Para los desplazamientos temporales en la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza, los mutualistas y beneficiarios disponen de la TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE) que acredita el derecho a recibir prestaciones sanitarias en idénticas condiciones que los residentes del país de destino, a través de su Sistema de Sanidad Público, salvo que el desplazamiento tenga por objeto precisamente recibir un tratamiento médico.
Estados en los que la Tarjeta Sanitaria Europea tiene validez:
  • Países integrantes de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia.
  • Países del Espacio Económico Europeo: Islandia, Liechtenstein, Noruega.
  • Suiza.


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