NO AL ESCANEO DE ACTUACIONES CON FIRMAS ORIGINALES MANUSCRITAS
ADJUNTAMOS CIRCULAR DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CEUTA, "CIUDAD PILOTO" PARA LA CUESTIÓN QUE OS TRASLADO, Y QUE ENMIENDA LA "FAMOSA" CIRCULAR 2/2017 DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL Tribunal Superior de Justicia.
" El objetivo de la presente es, precisamente, posibilitar su adecuada y más rápida confección, al establecer que las actuaciones realizadas en soporte papel que contengan firmas originales manuscritas, se integraran en el EJE sin necesidad de ser escaneadas. No será necesario escanear las actuaciones procesales realizadas en soporte papel que contengan firmas originales manuscritas, tales como declaraciones o comparecencias, que se incorporarán al EJE firmadas electrónicamente por el Letrado de la Administración de Justicia, haciendo constar en las mismas que los intervinientes que constan en el encabezamiento la han firmado de forma autógrafa, y que el original se encuentra en el legajo de custodia de originales"
VER ARCHIVO ADJUNTO
Por ahora NO es aplicable en Castilla y León, a la espera del visto bueno del ministerio. Ésta nueva "novedad" lógica, debería haberse aplicado desde el minuto uno de todo el proceso de Justicia Digital, pero así andamos, aplicando el sentido común con mucho retraso.
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Por ahora NO es aplicable en Castilla y León, a la espera del visto bueno del ministerio. Ésta nueva "novedad" lógica, debería haberse aplicado desde el minuto uno de todo el proceso de Justicia Digital, pero así andamos, aplicando el sentido común con mucho retraso.