Requerimiento del Sector de Castilla y León a las Gerencias a fin de cumplimiento de la nueva legislación que no permite el cómputo de los sábados a efectos de cómputos de permisos.
RECLAMAMOS DE LAS GERENCIAS DE CASTILLA Y LEÓN EL CUMPLIMIENTO DE LA NUEVA LEGISLACIÓN A EFECTOS DE COMPUTO DE PLAZOS DE PERMISOS
Requerimos a la Gerencia a fin de que en cumplimiento con la legislación vigente no compute los sábados a efectos de permisos como venía haciendo hasta la fecha.

Como es conocido, el día 2 de octubre de 2016, entró en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En dicha ley, se recoge, en su artículo 30.2, lo siguiente:
2. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.
Por tanto, a partir de la fecha del 2 de octubre, para el cómputo de todos los permisos y licencias que afecten al personal de la Administración de Justicia, expresados en días o en días hábiles, no deben tenerse en cuenta los sábados, domingos o festivos.
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