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Tabla comparativa elaborada por CCOO de complementos específicos del ámbito no transferido vs transferidos, con la nueva propuesta del ministerio


3 sept 2021



Tras la reunión de ayer, 2 de septiembre con el Ministerio, CCOO hemos elaborado una tabla comparativa con los distintos complementos específicos del ámbito transferido y no transferido, incluyendo las cantidades que ha ofertado el Ministerio para su ámbito de gestión.

Con esta nueva propuesta del Ministerio de Justicia, de 13 ámbitos (12 CCAA transferidas y el no transferido), el ámbito no transferido queda de la siguiente forma:

  • GESTIÓN ​PA:​ ​El ámbito ministerio queda en noveno lugar de los 13 ámbitos.
  • TRAMITACIÓN ​PA: El ámbito ministerio queda en el decimosegundo lugar de los 13 ámbitos (penúltimo).
  • AUXILIO JUDICIAL: Queda en el undécimo lugar​ (antepenúltimos).​
  • ​MÉDICOS FORENSES: Sexto lugar de trece​​ ámbitos.
  • LETRADOS AJU. Ver tabla.​

TABLA COMPARATIVA DE COMPLEMENTOS ESPECÍFICOS SEGÚN AMBITO (PROPUESTA 2.9.21)

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El Ministerio presenta una nueva propuesta de incremento del complemento específico




En la reunión de 2 de septiembre de 2021, la Administración presenta una propuesta que incluye un incremento respecto de la que presentó el pasado 7 de julio para los Cuerpos de Letrados y Cuerpos generales. 
 
Asimismo, el Ministerio incluye una propuesta para Facultativos INTCF y Médicos Forenses que, hasta la fecha no se había admitido. 
 
Además, abre la puerta a introducir la apertura de negociación de algunas otras reivindicaciones del personal de Justicia

 

Propuesta del Ministerio 2/09/2021

Cuerpo

Euros/ mes

Euros/ año

Auxilio Judicial

140

1680

Tramitación P y A.

160

1920

Gestión P y A.

180

2160

Letrados AJ

190

2280

Ayudantes INTCF

160

1920

Técnicos INTCF

180

2260

Forenses/Facultativos INTCF

80

960

 

Estas cantidades tienen efectos retroactivos a 1 de enero de 2021 con el compromiso de abonar los atrasos en un pago único antes de finales de este año. Estas cantidades serán consolidables en nómina y no podrán ser absorbidas por ningún incremento salarial que se acuerde en el futuro.

 

El Ministerio se compromete a negociar las reformas que está impulsando en la Administración de Justicia (leyes de eficiencia organizativa, registro civil y Ley de enjuiciamiento criminal entre otras) e incluye un compromiso de no amortizar ninguna plaza, no establecer mecanismos de movilidad forzosa y de que estas reformas no supongan ninguna merma retributiva para ningún funcionario/a.

 

El Ministerio nos emplaza para una valoración de la oferta el próximo 9 de septiembre.

 

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PLAN de PENSIONES de la AGE, del cual el personal de Justicia SOMOS PARTÍCIPES


25 ago 2021


 


PLAN DE PENSIONES al que estamos suscritos por ser empleados públicos de la Administración de Justicia, y ser el Ministerio de Justicia uno de los promotores del mismo.

Con el fin de dar unas pinceladas que sirvan de ayuda, relatamos una serie de cuestiones, teniendo en cuenta que quien gestiona el plan es la entidad bancaria BBVA, a la que nos tenemos que dirigir para cualquier aclaración, porque está cobrando por la gestión del mismo.

1.- En el año
2004 se prom
ovió
el Plan de Pensiones de Empleo de promoción conjunta para los empleados públicos al servicio de la Administración General del Estado
(la Administración de Justicia está incluida).


2.- C
aracterísticas del Plan son:
  • Tiene carácter voluntario.
  • La cobertura la dan los derechos consolidados de cada uno, calculados mediante un sistema de capitalización individual.
  • Es un Plan de Renta Fija Mixta.
  • La Entidad Gestora y la depositaria se seleccionaron a través de un concurso abierto (BBVA).

3.- Las cuantías de las contribuciones se establecen para cada año en función de los Grupos de Titulación de los funcionarios y de los Grupos Profesionales del personal laboral. Cada trienio representa también una cuantía para el Plan.

4.- Las contribuciones efectuadas por las Promotoras -el Ministerio de Justicia-, que constituyen una forma salario diferido, se consideran rendimientos del trabajo (neutras a efectos fiscales)

5.- Con el límite que proceda, el partícipe podrá realizar aportaciones personales al Plan de Pensiones de la AGE, que reducirán la Base Imponible del IRPF.

6.- Cuando así lo desee un partícipe del Plan podrá trasladar a éste los derechos consolidados que pudiera tener en otro plan de pensiones de los sistemas individual y asociado. 
 
7.-
Resulta igualmente importante manifestar, para el caso de fallecimiento, quién o qui
é
nes serán los beneficiarios, declarados libremente por el partícipe en un formulario de la Entidad.

8.- En su momento, el beneficiario del Plan de Pensiones de la AGE deberá comunicar a la Entidad el acaecimiento de la contingencia producida, presentar la documentación acreditativa y señalar –si no se ha hecho antes– la forma elegida para el cobro de la prestación.

9.-
¿Dónde tengo que solicitar el cobro del dinero?
En cualquier oficina del banco BBVA.  
 
 
Última aportación realizada por el Ministerio: en julio de 2011 que correspondía al año 2010. Los meses de julio eran los de las aportaciones por parte de la administración. Y digo eran, porque desde el año 2011 hasta la fecha de hoy, NO ha habido ninguna aportación por parte del Estado al plan de pensiones del que es promotor, cantidades que se establecen en las leyes de presupuestos generales de cada año.


A modo de ejemplo...  (Información del BOE 23.12.2010) la cuantía de la contribución individual correspondiente a los trienios de personal funcionario para el año 2011 fueron de 4,01 euros por trienio, y la cuantía por sueldo fue:
grupo A1  90,68 euros; grupo A2  78,48 euros; grupo B  68,63  euros; grupo C1  59,39 euros; grupo C2  49,56 euros; y grupo E (Ley 30/1984) y Agrupaciones Profesionales (Ley 7/2007) 45,35 euros.

En la página web del plan de pensiones, que gestiona el BBVA, nos encontramos con simuladores de aportaciones, de prestaciones, de ingresos-gastos, y una calculadora de la pensión pública. Pero para operar y consultar nuestros datos en dicha plataforma debemos darnos de alta en la misma, para luego actuar con nuestro usuario y contraseña, o bien con DNI electrónico.
 
En cada CCAA con competencias en materia de personal, donde hemos podido estar destinados como funcionarios, puede existir un plan de pensiones de dicha Administración, y tener un dinero aportado por la misma a nuestro favor, en su propio fondo de pensiones.

MÁS CUESTIONES:


Oficina del Partícipe

Dirección: Plaza Ciudad de Viena, 4 (Edificio B) 28040 MADRID

Teléfono: 91.273 98 87 Fax: 91.273 98 97

Web: plan de pensiones-age


DATOS sobre el PLAN DE PENSIONES

Nombre Fondo
FP DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO AGE F.P.

Datos Generales del Plan


Gestora                                  GESTION DE PREVISION Y PENSIONES, E.G.F.P., S.A.

Depositario                             BBVA, S.A.

Fecha inicio del Plan              09/09/2004

Patrimonio                              628.245.197

Valor Liquidativo                     1,76682

Partícipes + Beneficiarios       504.498


Rentabilidad del Plan

1 año                 3 años               5 años                10 años                15 años             20 años                H i s t ó r i c a

4,44%   -0,44%     1,13%     1,58%     3,71%     3,14%           -           3,49%


*Estas rentabilidades se refieren a la rentabilidad media anual de los 1, 3, 5, 10, 15 y 20 últimos años naturales cerrados, desde la Fecha Inicio Plan / Integración en Fondo (según Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones).



DUDAS, ACLARACIONES, MAYOR INFORMACIÓN,... CUALQUIER SUCURSAL DEL BBVA, que es quien gestiona nuestro plan de pensiones.
 
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INCOMPATIBILIDAD DE INTERNET EXPLORER 11 CON MICROSOFT 365


23 ago 2021



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CCOO denuncia la pésima gestión de personal en la Administración de Justicia, por parte de su máximo responsable.


12 ago 2021



CCOO DENUNCIA LA NEFASTA Y CAÓTICA GESTIÓN EN MATERIA DE CONCURSOS DE TRASLADO, OFERTA DE DESTINOS AL PERSONAL DE NUEVO INGRESO Y OTRAS MATERIAS DE PERSONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Como colofón a esta mala gestión, el Ministerio de Justicia está dedicando el mes de agosto a publicar resoluciones y a abrir plazos de solicitudes y presentación de documentos después de haber acumulado inaceptables retrasos que debería haber solucionado en los meses anteriores

 


Durante este mes de agosto son múltiples las disposiciones que se han publicado que están obligando al personal a hacer alegaciones, solicitar destino, revisar la acción social y otros trámites cuyo plazo se ha abierto este mes después de retrasos injustificables.


Veamos algunos ejemplos:

 

CONCURSOS DE TRASLADO

 

Según establece el art. 44 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia el concurso de traslado para puestos genéricos debe ser convocado en el primer trimestre de cada año, plazo que se incumple año tras año por la incompetencia manifiesta del Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas transferidas. La decisión adoptada de publicarlo a finales de este mes de agosto es, por tanto, ilegal además de inaceptable.

 

Hay que sumar a este hecho la habitual decisión unilateral de las administraciones de no incluir en el concurso determinadas plazas que están vacantes que está obligando al personal a efectuar la reclamación correspondiente a los listados provisionales que se están haciendo públicos durante este mes de agosto o a finales de julio.

 

Por si esto fuera poco, el Ministerio de Justicia ha anunciado también su decisión unilateral de no admitir la tarjeta de Lexnet como medio de identificación para la participación telemática en el concurso lo que están obligando a gran cantidad de trabajadores y trabajadoras a gestionar, por ejemplo, su certificado digital también durante su época vacacional.

 

Señalemos también la publicación en el BOE del 31 de julio de la resolución del concurso específico para puestos singularizados del ámbito no transferido que se ha hecho sin publicación previa de un listado provisional al que poder formular alegaciones y sin hacer públicos los méritos valorados a cada una de las personas solicitantes lo que está provocando una manifiesta indefensión a quien no ha obtenido plaza, viéndose obligado a recurrir también durante este mes de agosto.

 

NOMBRAMIENTO Y DESTINOS DE PERSONAS APROBADAS EN EL PROCESO SELECTIVO DE TRAMITACIÓN, TURNO LIBRE

 

Tras inaceptables retrasos en todo el proceso, desde que el 16 octubre de 2020 se publicó el acuerdo del inicio de la fase de concurso de este proceso selectivo ha habido tiempo, más que de sobra, para baremar los méritos y publicar el listado de aprobados y aprobadas. Otra vez nos encontramos ante una nefasta gestión (esta vez en las pruebas selectivas) a la que la única respuesta que ha dado el Ministerio de Justicia es publicar dicho listado y la oferta de plazas en el BOE del 30 de julio, haciéndolo además de forma torpe y plagada de errores que el ministerio de justicia se niega a solucionar a pesar de las insistentes reclamaciones de CCOO.

 

A modo de ejemplo, en la Orden JUS/817/2021 de 15 de julio, por la que se publica la relación de personas aprobadas se establece un plazo de veinte días hábiles para la presentación de documentación y, entre dicha documentación que hay que presentar, la mencionada solicitud de destino.

 

Pues bien, en las órdenes y resoluciones dictadas por el propio ministerio y por las CCAA con competencias transferidas que recogen la oferta de plazas para el personal de tramitación de nuevo ingreso (publicadas ese mismo día en el BOE) se establece un plazo distinto para la presentación de solicitudes de destino, esta vez hasta el 3 de septiembre, con lo que al personal no le queda claro a qué plazo atenerse.

 

Tampoco queda meridianamente claro a qué administración hay que dirigir las solicitudes de destino en el caso de las CCAA con competencias transferidas ya que sus propias resoluciones indican departamento de su respectiva administración, mientras que la mencionada Orden  JUS/817/2021 del Ministerio de Justicia, como hemos señalado anteriormente, dice expresamente que dichas solicitudes se tienen que presentar ante el propio ministerio.

 

A todo ello hay que sumar los múltiples errores (algunos de ellos malintencionados) en las plazas que se ofrecen como ya hemos denunciado desde CCOO​.​

 

En definitiva, un sinfín de desatinos, fruto todos ellos de las prisas de última hora por no haber hecho el trabajo a su debido tiempo y que, además, impiden al personal hacer el correspondiente uso de sus vacaciones.

 

ACCIÓN SOCIAL DEL ÁMBITO NO TRANSFERIDO

 

El 10 de agosto (salvo que sea para perjudicar de forma intencionada al personal que está de vacaciones no tiene ninguna explicación esa fecha de publicación) el Ministerio de Justicia ha hecho públicas también las relaciones provisionales de personas adjudicatarias de la acción social de 2021 de su ámbito competencial​, tras la rectificación que tuvieron que hacer a instancias de CCOO, pues habían publicado los listados provisionales del año 2019.​ En este caso, el plazo de alegaciones se extiende hasta el 14 de septiembre aunque será muy probable que algunas personas interesadas ni se enteren de esta publicación al estar ahora de vacaciones.


​Y de todo ello, hay un responsable, que es el "jefe" de personal del ministerio, el subdirector general de acceso y promoción del personal de la administración de justicia​, José Ramón Crespo​ Sánchez, que está demostrando día a día su manifiesta incompetencia.

 

CCOO EXIGIMOS AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE SE TOMEN LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA ELIMINAR EN EL FUTURO ÉSTAS PRÁCTICAS PERJUDICIALES PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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ACCION SOCIAL 2021. PUBLICADOS LOS LISTADOS PROVISIONALES


10 ago 2021


Publicados en el Área Privada del Portal de la Administración de Justicia, los listados provisionales de la Acción Social del 2021 tanto del personal funcionario como del personal laboral de la Administración de Justicia, así como del personal de la Fiscalía General del Estado, y del Ministerio Fiscal.

AHORA, YA DE FORMA CORRECTA, TRAS LA RECLAMACIÓN EFECTUADA EN LA MAÑANA DE HOY, POR CCOO.

EL PLAZO DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS SERÁ:

del 10 de agosto al 14 de septiembre

Se publican dos listados provisionales, uno de solicitantes con documentación incompleta y/o excluidos, y otro de solicitantes admitidos provisionalmente, conforme al Plan de Acción Social 2021 que contiene las bases generales y específicas por las que se regula la convocatoria general de ayudas.

RECLAMACIONES Y SUBSANACIONES A LOS LISTADOS PROVISIONALES         

​"​A partir del día de publicación de las relaciones provisionales, los interesados podrán subsanar las deficiencias puestas de manifiesto hasta el 14 de septiembre de 2021, incluido. Con el fin de agilizar la gestión resulta conveniente el que vayan presentando las alegaciones a partir de la fecha de inicio del plazo establecido.

Al objeto de evitar traslados innecesarios, que pudieran ocasionar riesgos con la covid 19, el escrito de reclamación o subsanación con la documentación a aportar deberá ser remitida, exclusivamente, a través del correo electrónico accionsocial.administracionjusticia@mjusticia.es

En el supuesto que no presentara reclamación o subsanación en el plazo establecido, se producirá la desestimación de su solicitud​"​. 

Enlaces a los listados, que solo son visibles si te encuentras en un ordenador de la red del ministerio

2021_Fun_Admon_justicia listado solicitudes admitidas provisionales.pdf (1,456 Mb)2021_Fun_Admon_justicia listado solicitudes con Doc_pendiente y Excluidos provisionales.pdf (897,327 Kb)2021_PLab_Admon_justicia listado solicitudes admitidas provisionales.pdf (92,482 Kb)2021_Plab_Admon_justicia listado solicitudes con Doc_pendiente y Excluidos provisionales.pdf (52,418 Kb Ministerio Fiscal Admitidos (260,019 Kb)Ministerio Fiscal Excluidos: (267,664 Kb) F.G.E Admitidos: (248,183 Kb)F.G.E. Excluidos: (257,319 Kb) 

Se pueden descargar en Inicio > Pestaña "Acción Social" en el Área Privada del Portal de la Administración de Justicia.


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