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SOBRE EL CERTIFICADO DE NOTAS DEL EXAMEN DE AUXILIO JUDICIAL


8 jul 2021



Publicado en la página web del ministerio la siguiente nota informativa al respecto del certificado de notas de los opositores presentados a los ejercicios de Auxilio Judicial.

En la Sede electrónica del Ministerio de Justicia está disponible la descarga de los certificados de notas de los opositores presentados a los ejercicios de Auxilio Judicial

Las URLs para consultar las notas son:

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AUXILIO JUDICIAL. SE INICIA LA FASE DEL CONCURSO DE MÉRITOS. ASISTENTE Y MANUAL.


2 jul 2021


Publicado en la página web del ministerio, el ​Acuerdo del Tribunal Calificador por el que se da inicio a la fase de concurso del proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Auxilio Judicial

Acuerdo del Tribunal Calificador por el que se inicia la fase de concurso del proceso selectivo para acceso en el Cuerpo de Auxilio Judicial, según los establecido en el Anexo I-B de la convocatoria, a los aspirantes que figuran en el Anexo III del Acuerdo de 24 de junio, del Tribunal Calificador, por el que se publicaba la relación de aprobados de la fase de oposición.

Se publica Manual de Instrucciones para la presentación de la documentación acreditativa, únicamente de los méritos indicados en el apartado B (Historial Profesional, apartados B-1 y B-2) del baremo contenido en el Anexo I-B de la Orden de convocatoria, así como el enlace que les llevará al asistente para la aportación telemática de dichos méritos.

El plazo de presentación de estos méritos será del 5 al 30 de julio, ambos incluidos.

https://pubwebseal.justicia.es/sap/public/sap/bc/webdynpro/sap/zasistente_co_gta_acceso#

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AUXILIO JUDICIAL. RELACIÓN DE APROBADOS DE LA FASE DE OPOSICIÓN


25 jun 2021




Publicado en la página web del ministerio el Acuerdo del Tribunal Calificador Único, por el que se publican las relaciones de opositores que han superado los ejercicios de la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial.

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AUXILIO JUDICIAL. Publicadas las plantillas definitivas de los exámenes de INCIDENCIAS


23 jun 2021


Publicado en la página web del ministerio el Acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se publica la plantilla definitiva de los ejercicios realizados el 4 de junio de 2021. EXAMEN DE INCIDENCIAS
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Auxilio Judicial: Plantilla de respuestas de los ejercicios celebrados el día 4 de junio (examen de incidencias)


7 jun 2021



Publicado en la página web del ministerio el Acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se publican las plantillas correspondientes a los ejercicios de la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial, celebrados el 4 de junio de 2021. EXAMEN DE INCIDENCIAS


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AUXILIO JUDICIAL. Publicadas las plantillas definitivas del proceso selectivo


27 may 2021



 

PUBLICADO HOY EN LA WEB DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

 

AUXILIO JUDICIAL, ACCESO LIBRE, Orden JUS/60/2020, de 15 de enero (BOE de 27)


Acuerdo de 26 de mayo del Tribunal Calificador Único, por la que se publica la plantilla definitiva de respuestas, correspondientes a los ejercicios realizados el pasado 17 de abril de 2021





Corrección errata dirección correo electrónico Acuerdo del TCU de 19 de mayo de 2021

27 de mayo de 2021

Advertido error en el correo electrónico del Tribunal Calificador, a efectos de alegaciones al Acuerdo de 19 de mayo, la dirección de correo electrónico correcto es: 

 auxilio.tcu@mjusticia.es

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EXAMEN DE INCIDENCIAS DE AUXILIO JUDICIAL. El 4 de junio a las 10 h.


24 may 2021



Publicado en la página web del ministerio el acuerdo del Tribunal Calificador Único por el que se convoca para la realización de los ejercicios de Auxilio Judicial de INCIDENCIAS, el próximo 4 de junio de 2021 a las 10:00 H.

En el caso de Valladolid, son siete opositores que realizarán el examen en la 7ª planta del Edificio de Usos Múltiples, en la Plaza del Milenio (sede de la gerencia de Valladolid).
 
Las personas que no aparezcan en este listado, disponen de 3 días hábiles a partir del siguiente de la publicación de este acuerdo en la web del Ministerio de Justicia

Enlaces

 

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ASÍ NO, Sra. Secretaria de Gobierno


17 may 2021


El pasado 19 de abril, la Secretaria de Gobierno del TSJ de CyL dictó varios Acuerdos resolviendo los Recursos de Alzada interpuestos por seis compañeros/as del cuerpo de Auxilio Judicial de los Juzgados de lo Social de Valladolid, que habían presentado contra el Acuerdo del Secretario Coordinador de fecha 25 de febrero de 2021 dictado en el Expediente Gubernativo 15/21, acordando la designación de funcionarios del orden jurisdiccional Social y alguno del Penal, en régimen de sustitución, para atender la ausencia de los funcionarios de carrera del cuerpo de Auxilio Judicial en los tres Juzgados de Primera Instancia especializados en Familia de esta ciudad, los números 3, 10 y 13, desde el 1 al 16 de marzo, "y siguientes", pero "exclusivamente limitado para esta situación provisional producida dentro de los parámetros de pandemia y de estado de alarma", y todo ello "en virtud de la competencia que atribuye a los Secretarios Coordinadores Provinciales el art. 26 del Real Decreto Ley 16/2020 de 28 de abril de Medidas Procesales y organizativas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19" indicando además que "la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, ha venido a incidir en la línea marcada por el anterior Real Decreto-Ley 16/2020, de 28 de abril, es decir, en el establecimiento de una serie de medidas de carácter procesal para intentar paliar en alguna medida los efectos adversos que ha venido ocasionando la expansión de la pandemia generada por el COVID-19".

En el Acuerdo del Secretario Coordinador Provincial de Valladolid, se obviaba mencionar que no era ningún "parámetro de pandemia y del estado de alarma", lo que propiciaba la ausencia de los tres compañeros/as titulares de los Juzgados de Primera Instancia nº 3, 10 y 13, especializados en Familia, a quienes se debe sustituir, sino que su ausencia fue debida a la Orden JUS/135/2021, de 11 de febrero, por la que se resolvía el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/808/2020, de 28 de julio. Por lo tanto, es la resolución definitiva del concurso de traslados la que propicia la ausencia de funcionarios del cuerpo de Auxilio Judicial en los mencionados juzgados.

En dicho Acuerdo del Coordinador, no hacía constar que en la redacción del artículo 26 del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, así como del artículo 21 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, en el punto tercero de ambos artículos, se establece que la sustitución "solo podrá realizarse entre unidades u órganos que radiquen en el mismo municipio y que pertenezcan al mismo orden jurisdiccional en el que el Letrado o funcionario venga realizando su actividad profesional". En el caso que nos ocupa, se acudió a funcionarios del orden jurisdiccional social y del penal, cuando los puestos de asignación para sustituir, lo son del orden jurisdiccional civil especializados en familia.

Y por ello, los recursos de Alzada interpuestos por seis compañeros/as de Auxilio Judicial contra dicho Acuerdo, que ahora han sido resueltos por la Secretaria de Gobierno, desestimando los recursos en base a argumentos peregrinos, donde varios aspectos de la resolución del recurso no tienen ni pies ni cabeza, dando la razón en los hechos a los recurrentes, para al final, decidir lo contrario, y desestimar los recursos.

Desde CCOO consideramos, a todas luces, no ajustado a Derecho la resolución de la Secretaria de Gobierno.

Manifiesta la Secretaria de Gobierno en su resolución que "el recurso de alzada se formula cuando ya se ha dado cumplimiento al Acuerdo impugnado ... evitando la suspensión (de las vistas de los juzgados de familia)".

Debemos aclarar a la Secretaria de Gobierno, que:

- primero se cumple la orden recibida por escrito y luego se recurre, pues de lo contrario habría lugar a la apertura del correspondiente expediente disciplinario por falta grave, y

- segundo, aun habiendo recurrido en el corto plazo que existía desde la notificación del Acuerdo del Secretario Coordinador hasta la celebración de las vistas, no se hubiera adelantado nada si ella no hubiera resuelto de forma exprés el recurso, recordándole que existe un plazo para interponer el recurso, como para resolverlo, y que cada parte lo ha hecho en tiempo y forma.

Dice la Secretaria de Gobierno, y reconoce, que la "situación de hecho que motiva el Acuerdo recurrido no deriva directamente de la situación de crisis sanitaria provocada por la pandemia" tal como había argumentado el Secretario Coordinador en su Acuerdo, aunque "nos encontramos dentro del ámbito temporal de aplicación de la norma", por lo que, según la Secretaria de Gobierno, se puede aplicar cualquier normativa a cualquier situación, siempre que estemos dentro del mismo ámbito temporal. Este argumento se lo dejamos a los Iusnaturalistas del Derecho.

Dice la Secretaria de Gobierno que "debemos tratar de evitar con todos los medios a nuestro alcance" que se produzca a "los ciudadanos un perjuicio irreparable", y deben ser los funcionarios de Auxilio Judicial los que eviten eso y no el Ministerio de Justicia (el que le ha colocado a ella como Secretaria de Gobierno), que es el empleador, y el que ocasionó el perjuicio cuando eliminó a un Auxilio Judicial de los Juzgados de Primera Instancia, dando lugar a "un problema de carácter estructural" como ella misma reconoce, pero para el que no propone solución alguna ajustada a Derecho, cuando se le paga para ello. De tal manera que el problema seguirá persistiendo, y al que está perjudicando la Secretaria de Gobierno, es al ciudadano, porque este puede pensar que la Justicia funciona con todos los medios materiales y personales necesarios, y no es así, y la Secretaria de Gobierno es una colaboracionista en ese perjuicio.

Y dice la Secretaria de Gobierno, que desarrolla durante folios sus explicaciones, -como si no lo supiéramos-, sobre la diferencia entre sustituciones de corta y larga duración, la diferencia entre centros de destino donde existe nueva oficina judicial y donde no, etc. Y para cuando quiere entrar en el meollo del asunto, en el segundo aspecto, y el más claro, el vergonzante, porque se había vulnerado la normativa en cuanto a no poder cambiar de orden jurisdiccional a quien realiza la sustitución forzosa, ni de municipio, la Secretaria de Gobierno, suponemos que con la cabeza agachada y colorada, y en escasos párrafos, porque no encuentra fundamentación para desestimar el recurso, porque no existen, dice que "debemos efectuar una interpretación amplia" de lo que es "mismo orden jurisdiccional", diciendo que las tareas a realizar por los funcionarios de Auxilio Judicial "son similares en todos los órdenes jurisdiccionales", que los juzgados de lo Social y los de Familia "comparten sede", y vuelve con la estructura de la NOJ donde existe un Servicio Común General, que no es el caso de Valladolid.

Desde CCOO estamos dispuestos a explicarle, cuando tengamos un ratito y fuera del horario laboral, lo que significa mismo orden jurisdiccional/distinto orden jurisdiccional, de tal manera que el orden social es distinto orden que el de civil, o que el de penal.

Desde CCOO consideramos que no puede seguir ni un segundo más como Secretaria de Gobierno, pues está trabajando en contra del buen funcionamiento de la Administración de Justicia.

Tiene que reflexionar sobre ello, pero ya en su destino como Letrada, o directamente, en su casa.

 

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AUXILIO JUDICIAL: MODIFICACIÓN DE LA RELACION DEFINITIVA DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS


10 may 2021


 


En la página web del ministerio, se ha publicado la Orden de 5 de mayo por la que se modifica la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, del proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre, en el cuerpo Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, aprobada por Orden JUS/263/2021, de 16 de marzo.

Enlaces

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Estadísticas sobre la oposición de acceso al cuerpo de Auxilio Judicial


22 abr 2021


El Ministerio de Justicia nos ha remitido una información con los datos estadísticos y de participación relativos al examen celebrado el pasado día 17 de abril del proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial por turno libre.

En total se presentaron a la realización del examen 25.534 personas de las cuales el 73,95 % son mujeres (18.882) y el 26,05 % son hombres (6.652).


 

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Auxilio Judicial. Plantillas oficiales de respuestas del examen celebrado el pasado 17 de abril


21 abr 2021


 


Se ha publicado en el web del Ministerio de Justicia la plantilla provisional de respuestas correctas de los ejercicios de Auxilio Judicial, así como los ejercicios realizados.

Acuerdo de 20 de abril de 2021 del Tribunal Calificador Único, por el que se publica la plantilla provisional de respuestas correctas de los ejercicios de Auxilio Judicial, celebrados el 17 de abril de 2021.

 

Plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones a las plantillas provisionales publicadas hoy 21 de abril.

Enlaces:







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Examen de Auxilio Judicial: Justificación de movilidad.


13 abr 2021




JUSTIFICACIÓN DE MOVILIDAD PARA EXAMEN

Nota sobre los desplazamientos del día 17 de abril para la realización de los ejercicios de oposición del Cuerpo de Auxilio Judicial

Las causas que pueden justificar los viajes a otras zonas del país están recogidas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró el segundo -y vigente- estado de alarma. Según el texto publicado, se pueden realizar desplazamientos, entre otras razones, para hacer exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

 

Si alguna autoridad requiere la justificación del desplazamiento entre zonas de movilidad restringida, se considera suficiente la presentación de la publicación de la fecha del examen en el BOE y la inclusión del interesado en las listas de admitidos (Orden JUS/263/2021, de 16 de marzo, por la que se aprueba la relación de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer y segundo ejercicios del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia)

 

Cualquier otro justificante (necesidad de acompañante por motivos médicos, por ejemplo) no puede ser emitido desde el órgano convocante, por carecer de competencia en la motivación de los desplazamientos de personas no incluidas en dichos listados. 


Y añadimos desde CCOO, que el CGPJ sí lo hizo para el examen de jueces y fiscales.

 

CCOO DENUNCIA UNA IMPRESENTABLE Y CLASISTA DISCRIMINACIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA AL PERSONAL ASPIRANTE AL CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL RESPECTO AL DE LAS CARRERAS JUDICIAL Y FISCAL

Mientras que para la asistencia a las pruebas selectivas de las Carreras Judicial y Fiscal se expiden certificados que autorizan la movilidad de una persona acompañante, el ministerio niega esta posibilidad para el examen de Auxilio

 

El pasado día 18 de Marzo CCOO solicitó por escrito al ministerio que se expidieran certificaciones a quienes se van a presentar al examen de Auxilio Judicial del 17 de abril para permitir su movilidad junto con una persona acompañante en casos de confinamientos perimetrales con motivo de la pandemia.

Posteriormente CCOO hemos tenido conocimiento de que para la asistencia a las pruebas selectivas de las carreras judicial y fiscal el Ministerio de Justicia sí está expidiendo (conjuntamente con el CGPJ y la Fiscalía General del Estado) estas autorizaciones tanto para la persona opositora como para una persona acompañante. Este extremo fue puesto en conocimiento del ministerio por parte de CCOO en el momento en que tuvimos conocimiento para que se actuase igual en el proceso selectivo de Auxilio.

Esta posibilidad que sí autoriza el ministerio con carácter general  para aspirantes a Juez/a o Fiscal la deniega de forma injustificada, clasista y discriminatoria para el cuerpo de Auxilio, lo que para CCOO es una muestra clara de que para este Ministerio de Justicia hay ciudadanía de primera y de segunda clase, actuando de forma absolutamente impresentable.

 

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TODAS LAS SEDES DEL EXAMEN DE AUXILIO JUDICIAL. Distribución de opositores por aulas en Valladolid, Burgos, León, Madrid, y resto de sedes


12 abr 2021




TODAS LAS SEDES PARA LA REALIZACIÓN DEL EXAMEN DE AUXILIO JUDICIAL DEL SÁBADO 17 DE ABRIL, PUBLICADAS EN LA PÁGINA WEB DEL MINISTERIO (PLANOS, DISTRIBUCIÓN DE OPOSITORES, ETC.)

Sede de examen Burgos. Distribución de opositores por aulas

  • Sede Madrid. Comunidad de Madrid. Distribución de opositores por aulas.

    ​​​​

    Sede Zaragoza. Distribución de opositores

  • Sede Navarra. Distribución de opositores.

  • Sede Málaga. Distribución de opositores.

  • Sede Cádiz. Distribución de opositores.

  • Sede La Rioja. Distribución de opositores.

  • Sede Ceuta. Distribución de opositores.


  • SedeMelilla. Distribución de opositores

  • Sede Cantabria. Distribución de opositores.

  • Sede Santa Cruz de Tenerife. Distribución de opositores por aula.

  • Sede Murcia. Distribución de opositores

     

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