El pasado 22 de abril se
publicó en el Boletín Oficial del Estado el RDL 15/2020 de medidas
urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. En dicho
RDL se concreta cómo será la integración de la gestión de las
prestaciones del Régimen de Clases Pasivas en el nuevo Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. En ningún momento se realiza
ningún cambio con respecto a las prestaciones, los tipos de jubilación,
las cuantías, etc.
Es importante aclarar que el Régimen de Clases Pasivas es un régimen cerrado en el que, desde el 1 de enero de 2011, no se han incorporado nuevas personas. Desde esa fecha, las nuevas y nuevos funcionarios son incorporados al Régimen General de Seguridad Social. Además, es necesario aclarar, dada la confusión que muchas veces genera, que el Sistema de Clases Pasivas es independiente de los distintos sistemas de mutualismo de la Administración, como son MUFACE, MUGEJU e ISFAS.
El RDL 15/2020 establece la adaptación de todo lo que tiene que ver con la nueva dependencia orgánica del sistema de Clases Pasivas y la integración de la gestión del sistema de Clases Pasivas en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, si bien transitoriamente recaerá en la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. En ningún momento la normativa publicada realiza ningún cambio en lo que tiene que ver con las prestaciones, los tipos de jubilación, las cuantías, etc…
Además, otro punto importante es que el Estado transferirá el importe necesario para la financiación de todo el gasto por la gestión del sistema de Clases Pasivas; por ello, no recaerá en las entidades gestoras de la Seguridad Social y, por tanto, no se pagará con las cotizaciones sociales. Este importe no solo se refiere al ocasionado por el pago de las prestaciones, sino también a todo el gasto derivado de la gestión del sistema.
CCOO cree que los cambios que se han efectuado y que se tendrán que efectuar para la integración total de la gestión del sistema de Clases Pasivas por las entidades de la Seguridad Social deben ser para mejorar el servicio y la gestión de las prestaciones, si bien NO era el momento adecuado (crisis sanitaria) ni la forma de hacerlo por Decreto Ley.
CCOO ha planteado en reiteradas ocasiones que, entre otras cuestiones, deben abordar cambios:
- El Régimen de Clases Pasivas es un régimen que tiene que mantenerse, máxime cuando es un colectivo a extinguir desde el mismo momento en el que no se incorporan nuevas personas desde 2011.
- Hace falta una revisión y revalorización de los Haberes Reguladores de los grupos y subgrupos del A1, A2, B, C1, C2 y E, aproximándose a los salarios reales, reduciendo la pérdida de poder adquisitivo una vez se procede a la jubilación y las diferencias entre grupos.
- Es necesaria también una revisión de prestaciones como la de orfandad, claramente inferiores a las del sistema de Seguridad Social.
- Hay que adaptar para el ámbito del Régimen de Clases Pasivas el cómputo del servicio social femenino del franquismo para la jubilación anticipada, tal y como ya ha reconocido el Tribunal Supremo para el Régimen de la Seguridad Social.
Por último, esperamos que el cambio de adscripción orgánica permita una mejor atención al colectivo y una mejora de los canales, hasta ahora casi inexistentes, de interlocución con las organizaciones sindicales para tratar de introducir mejoras en el sistema de Clases Pasivas.
Dejamos enlace a un vídeo explicativo de la situación planteada, de dos minutos, realizado por el responsable de pensiones de CCOO:
El secretario general de Políticas públicas de CCOO informa sobre los cambios en Clases Pasivas
Y enlace a la información ya remitida el pasado 22 de abril al respecto de este tema:
Y aún así,...
ESTAREMOS ATENTOS!!