CCOO INFORMA QUE QUIENES HAYAN SUPERADO LOS PROCESOS SELECTIVOS, SE ENCONTRASEN EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO Y SE TRASLADEN DE LOCALIDAD DE RESIDENCIA TENDRÁN DERECHO A ESTA DEDUCCIÓN EN LOS DOS PRIMEROS AÑOS
Para el turno libre de Gestión y Tramitación de la OEP 2017-2018 que están tomando posesión en este año la deducción podrá aplicarse en el IRPF de 2021 y 2022.
DEDUCCIÓN POR MOVILIDAD GEOGRÁFICA
Esta deducción afecta a quien estando en situación de desempleo acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo.
REQUISITOS
Para
poder aplicar la deducción por movilidad geográfica la persona contribuyente
debe de cumplir los tres requisitos siguientes:
1.- Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
2.- Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia
habitual.
3.- Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
Todo ello debe poder acreditarse documentalmente por lo que es preciso estar dado/a de alta como
demandante de empleo, estar empadronado/a antes del traslado en el municipio de
origen y empadronarse tras el traslado en el municipio de destino.
APLICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN
Se podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en la declaración de la Renta en el periodo
impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y
en el año siguiente.
CUANTÍA DE LA DEDUCCIÓN
· 2000 euros con carácter general
· 3500 euros para personas con discapacidad
·
7.750 euros para personas con discapacidad
que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un
grado de discapacidad igual o superior al 65%