CONVERSIÓN DE PLAZAS DE REFUERZO EN PLANTILLA EN LA ZONA MINISTERIO


5 oct 2021



CCOO dirige al Ministerio de Justicia escrito solicitando que sin más demora convoque a las organizaciones sindicales para la negociación de la consolidación de las plazas de refuerzo de conformidad con el Acuerdo 17 de noviembre de 2019.

 

El artículo 489.4 de la LOPJ, de la reforma de 2018, expresa literalmente:

 

4. Periódicamente, la Administración competente, previa negociación con las organizaciones sindicales, analizará la conveniencia o no de prorrogar el refuerzo, comprobando que aún persiste el exceso o acumulación de asuntos pendientes. Al cabo de tres años desde el nombramiento, se propondrá su conversión en las relaciones de puestos de trabajo como incremento de plantilla si se constatara que la necesidad de personal tiene carácter estructural

 

La redacción de este artículo expresa con meridiana claridad que, a partir de su publicación, las plazas de refuerzo no pueden prorrogarse más de 3 años, y, si no se convierten en incremento de plantilla, no se mantienen y se pierden como plaza de refuerzo.

 

CCOO ha puesto manifiesto al Ministerio de Justicia que el Acuerdo sobre consolidación en plantilla de las plazas de refuerzo de 17 de diciembre de 2019, alcanzado entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales, establecía en el punto 7 que durante el cuarto trimestre de cada año el Ministerio de Justicia negociaría la procedencia de los incrementos en plantilla o de plazas de las RPT de las situaciones de refuerzo que alcanzaran los tres años desde que se produjo el primer nombramiento.

 

Pues bien, al respecto, y con objeto de que no ocurra lo del año pasado, 2020, que el Ministerio no convocó a las organizaciones sindicales para la negociación de los incrementos de plantilla o de plazas de RPT, CCOO solicita que, sin más dilación, convoque mesa de negociación para acordar la procedencia de los incrementos en plantilla o de plazas de RPT de las situaciones de refuerzo, no ya sólo porque los Acuerdos se deben cumplir, sino porque es de capital importancia para el empleo público en el ámbito no transferido del Ministerio de Justicia la consolidación y estructuración en plantilla o en RPTs de todas las situaciones de refuerzo que cumplan con los tres años desde la fecha de su nombramiento, así como la regularización de otras situaciones anómalas que se vienen detectando y que CCOO hemos denunciado en varias ocasiones.

 

Por todo lo anterior, hemos reiterado la necesidad de iniciar sin más demora la negociación, a fin de que, en el menor plazo posible, estemos en condiciones de concretar esos incrementos de plantilla y su oferta en el concurso de traslados.

 

 

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