Copago Farmacéutico en Mugeju: CCOO continúa con su línea de acción en este tema, con iniciativas desde el año 2005, que no cejarán hasta lograr el objetivo de eliminar las discriminaciones entre y las personas pensionistas de las Mutualidades, como MUGEJU, y las de Seguridad Social
CCOO reitera a la MUGEJU la solicitud de rebaja en el importe de los medicamentos durante la jubilación
16 feb 2021
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Copago Farmacéutico en Mugeju: CCOO continúa con su línea de acción en este tema, con iniciativas desde el año 2005, que no cejarán hasta lograr el objetivo de eliminar las discriminaciones entre y las personas pensionistas de las Mutualidades, como MUGEJU, y las de Seguridad Social
Publicada la prórroga del Concierto Sanitario de las Entidades Médicas Privadas con MUGEJU para 2021, que no suscribe la entidad CASER
27 nov 2020
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PUBLICADA EN EL BOE LA PRÓRROGA DEL CONCIERTO SANITARIO DE LAS ENTIDADES MÉDICAS PRIVADAS CON MUGEJU PARA 2021, QUE NO SUSCRIBE LA ENTIDAD CASER
Publicado en la página web de MUGEJU: las personas mutualistas adscritas a la entidad médica CASER deberán cambiar de entidad médica o al INSS al no suscribir esta entidad la prórroga del Concierto Sanitario
29 oct 2020
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Publicado en la página web de MUGEJU: las personas mutualistas adscritas a la entidad médica CASER deberán cambiar de entidad médica o al INSS al no suscribir esta entidad la prórroga del Concierto Sanitario con MUGEJU. Enlace
El cambio a otra entidad médica de las que suscriben la prórroga del Concierto Sanitario, o al servicio público de salud de la Comunidad Autónoma, podrá realizarse desde el próximo 1 de diciembre hasta el 31 de enero de 2021
Aviso a los mutualistas adscritos a CASER
Le informamos a todos los mutualistas adscritos a la entidad médica CASER que esa compañía no va a suscribir la prórroga del Concierto de Asistencia Sanitaria para 2021, por lo que se hace necesario el cambio de entidad médica
Con objeto de facilitar este obligado trámite, MUGEJU va a proceder a ampliar el período anual de cambio ordinario de Entidad para los mutualistas acogidos a CASER a partir del 1 de diciembre de 2020
Este plazo especial ampliado de cambio de entidad ordinario abarcará desde el 1 de diciembre de 2020 al 31 de enero de 2021, período en el que los mutualistas deberán elegir entre recibir asistencia sanitaria a través de una de las compañías aseguradoras privadas: SEGURCAIXA ADESLAS, ASISA, DKV SEGUROS, MAPFRE, NUEVA MUTUA SANITARIA, SANITAS o a través de los Servicios de Salud de la Comunidad Autónoma donde resida (opción INSS)
El cambio a la nueva entidad médica se hará efectivo a partir del 1 de febrero de 2021. Hasta esa fecha, los mutualistas continuarán recibiendo la asistencia sanitaria a través de CASER, como hasta ahora
Nos encontramos trabajando en un procedimiento ágil a través de la sede electrónica para que facilite el cambio de entidad médica sin necesidad de desplazamientos a las oficinas de MUGEJU. En los próximos días recibirán una carta informando del procedimiento para realizar este cambio
CCOO propone la MUGEJU mejoras en el Concierto Sanitario, en las prestaciones y en el precio de los medicamentos, entre otras propuestas
3 ago 2020
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Reunión de CCOO con el nuevo Gerente de la Mutualidad General Judicial
CCOO REMITE AL NUEVO GERENTE DE LA MUGEJU UN RESUMEN DE LAS PROPUESTAS APROBADAS POR LA ASAMBLEA DE LA MUGEJU A INICIATIVA DE CCOO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS, ASÍ COMO LOS RECORTES HABIDOS EN EL CONCIERTO SANITARIO DESDE EL AÑO 2014
- La necesidad de modificación negociada y no impuesta unilateralmente del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial, para adaptarlo a parámetros de democracia que garanticen la representación igualitaria de todo el colectivo de mutualistas en los órganos de control, ya que, con la regulación actual, determinados colectivos (los de más alta titulación) están sobrerepresentados en comparación con el resto
- Una urgente solución al problema del gran número de plazas ocupadas por personal interino en la MUGEJU, solución que debería comenzar de forma inmediata incluyendo en el concurso de traslado todas las plazas vacantes o, al menos, el máximo número posible
El nuevo Gerente nos ha trasladado que ha planteado al Ministerio que sería muy oportuno que en los primeros días de septiembre convocase la mesa de negociación para tratar los temas de personal de la Mutualidad, y el Ministerio ya nos ha comunicado que realizará esta convocatoria para negociar la RPT de la MUGEJU, anulada por los tribunales de justicia por un recurso de CCOO al vulnerarse el derecho a la negociación colectiva. No nos ha contestado, sin embargo, el Ministerio, a nuestra exigencia de incluir todas las vacantes de este organismo en el concurso de traslado y, ante la posibilidad de que no lo haga, CCOO actuará en consecuencia con total contundencia
Se puede acceder a dicho documento a través del siguiente enlace: Resumen propuesta CCOO en Mugeju
Concierto sanitario con Entidades Médicas Privadas
- Participación de los órganos gestores de la MUGEJU, organizaciones sindicales y asociaciones profesionales en la elaboración del nuevo Concierto Sanitario (el próximo año 2021 toca negociar su renovación)
- Definición de urgencia vital y asistencia médica cuando un beneficiario adscrito a entidad médica privada se encuentre en localidad distinta de la su residencia
- Asistencia de urgencias a los y las mutualistas adscritos a EEMM en municipios de menos de 20.000 habitantes en que la entidad médica privada carezca de centro concertado
- Abono de la asistencia médica en el medio rural, a falta de convenio entre la MUGEJU y los Servicios Públicos de Salud para su abono
- Desarrollo de la continuidad asistencial para los y las mutualistas adscritos a entidades médicas privadas
- Asistencia de los y las mutualistas las reuniones de las Comisiones Mixtas EEMM-MUGEJU en que se traten sus reclamaciones a las EEMM
- Creación de una comisión de seguimiento del cumplimiento de las obligaciones contenidas en el Concierto Sanitario
- Creación de una “Carta de Derechos y Deberes de los y las mutualistas de la MUGEJU ante las entidades médicas privadas”
Prestaciones
- Equiparación de los y las pensionistas de la MUGEJU y sus beneficiarios y beneficiarias a los y las del RGSS, en cuanto a aportaciones por medicamentos y productos sanitarios
- Inclusión de nuevas prestaciones en el Fondo de Asistencia Social (FAS)
- Dotación presupuestaria suficiente para financiar las prestaciones que otorga la Mutualidad General Judicial, lo que permitiría la recuperación de muchas prestaciones suprimidas o reducidas en el año 2012
Incapacidad temporal
- Desarrollo normativo de la incapacidad temporal de los y las mutualistas derivado de contingencias comunes y profesionales
Otras propuestas
- Simplificación de altas y bajas de beneficiarios y beneficiarias de mutualistas, por contratos de baja duración
Información de la MUGEJU sobre la suscripción de Adenda al Concierto con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos
9 jul 2020
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La Mugeju da marcha atrás y ahora reconoce que estaba obligada al pago de los subsidios de Incapacidad temporal reconocidos antes del Estado de Alarma
4 jun 2020
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La Mugeju da marcha atrás y ahora reconoce que estaba obligada al pago
de los subsidios por incapacidad temporal ya reconocidos antes del 14 de
marzo que unilateralmente dejó de pagar desde abril, tal y como
reiteradamente ha reclamado CCOO
La Mugeju no obliga
a las Entidades Médicas Privadas (EEMM) a realizar test de Covid pese a que
exista prescripción médica, sino que, ante su negativa, remite a los y las
mutualistas a que lo paguen y luego lo reclamen a través de Comisiones Mixtas
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- A los y las mutualistas cuyo subsidio por incapacidad temporal había sido reconocido antes del 14 de marzo, los pagos correspondientes al mes de abril.
- A los y las mutualistas perceptores de prestaciones de Incapacidad Permanente, Gran Invalidez e Hijo a Cargo con Discapacidad, la semana próxima pagará el mes de abril y la semana siguiente el mes de mayo.
- A los y las mutualistas perceptores de Prestaciones del Fondo Especial: Pensiones de Jubilación, Viudedad y Orfandad, así como Hijo a cargo con Discapacidad de las tres mutualidades (Mutualidad Benéfica de Auxiliares de Administración de Justicia, Mutualidad Benéfica de Funcionarios de Justicia Municipal, Mutualidad de Previsión de Funcionarios de la Administración de Justicia) , respecto de los cuales se había retrasado el pago del mes de abril y de mayo, la semana próxima se pagará el mes de abril y la semana siguiente el mes de mayo.
Mugeju: nota sobre el pago de los subsidios por incapacidad temporal y permanente que estaban pendientes de abonar desde marzo
3 jun 2020
Archivado en: MUGEJU, Prestaciones
- Nota del Área de Prestaciones Económicas de Mugeju sobre el pago del subsidio de Incapacidad Temporal e Incapacidad Permanente, que estaban pendientes de abonar desde marzo, que CCOO lleva reclamando durante semanas.
- Hemos conocido esta nota del Área de Prestaciones Económicas de Mugeju, que esperamos publiquen en las próximas horas en su web.
Mugeju: Las prestaciones por Incapacidad Temporal e Incapacidad Permanente pendientes serán ingresadas desde hoy, pues ya se han remitido para su abono
28 may 2020
Archivado en: Incapacidad temporal, MUGEJU, Prestaciones
- Tras las numerosas reclamaciones efectuadas por CCOO a la gerente de Mugeju y al Ministerio de Justicia (ver escritos remitidos al Ministerio de Justicia y Gerencia de Mugeju, hemos podido confirmar que las prestaciones por IT (incapacidad temporal) e IP (incapacidad permanente) pendientes, han sido remitidas ya para su abono.
CCOO vuelve a reclamar a la Gerente de Mugeju la realización gratuita de los test del Covid-19 y el pago de las prestaciones de Incapacidad Temporal y Permanente que se han dejado de abonar
20 may 2020
Archivado en: Coronavirus, MUGEJU, Prestaciones
- La Gerente de Mugeju mantiene su inacción absoluta ante la demanda de decenas de personas mutualistas para que se les realice el test del Covid-19, pues son personas que han tenido síntomas compatibles con el Covid-19 o que los han tenido y desean volver a su puesto de trabajo pero con la máxima seguridad para ellas y para su entorno.
Actualización del Impreso de Ayuda para Prestaciones Complementarias: dentarias, oftalmológicas, ortoprotésicas y otras.
19 ene 2020
Archivado en: MUGEJU, Prestaciones
En la página web de la MUGEJU se anuncia una actualización del impreso para las ayudas complementarias (dentarias, oftalmológicas,...).
La nueva Resolución afecta a los mutualistas adscritos a las entidades médicas privadas concertadas, y establece las reglas para el procedimiento de acceso a la prestación, su obtención, los requisitos generales de la prescripción y dispensación de los productos así como, para determinados productos ortoprotésicos, la aportación del usuario prevista en la repetida normativa. La ayuda por la prestación de productos de ortoprótesis externas se configura, por tanto, como un reintegro de gastos acreditados según factura.
La solicitud de la prestación se realizará cumplimentando el formulario correspondiente, accesible en la página web de la Mutualidad (www.mugeju.es), y presentándola en las Delegaciones Provinciales o a través de la sede electrónica (https://sedemugeju.gob.es/ ).
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
- La factura del establecimiento autorizado que haya efectuado la dispensación y que deberá reunir todos los requisitos legales y reglamentarios para su validez. En la misma deberá figurar el detalle de conceptos y precios así como la constancia del pago, o ir acompañada, en su caso, del correspondiente recibo que lo acredite, y
- El documento de la prescripción que habrá de realizar un médico especialista en la patología que la justifique.
Documentación
Impreso de solicitud de ayuda para Prestaciones Complementarias
Resolución de 4 de diciembre de 2019 que actualiza parcialmente el catálogo contenido en el anexo I de la Resolución de 6 de mayo de 2008
Resolución de 4 de diciembre de 2019 (BOE 18/12/2019), por la que se actualiza la regulación de las prestaciones complementarias
Resoluciones de MUGEJU sobre actualización de la regulación de prestaciones complementarias y modificación de la de productos ortoprotésicos
18 dic 2019
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PDF (BOE-A-2019-18127 - 5 págs. - 266 KB) Otros formatos
PDF (BOE-A-2019-18128 - 4 págs. - 238 KB) Otros formatos
CCOO recomienda a todos l@s mutualistas adscritos Entidades Privadas Vacunas
9 nov 2019
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- Niños/as (mayores de 6 meses) y adultos con enfermedades crónicas cardiovasculares (excluyendo hipertensión arterial aislada) o pulmonares, incluyendo displasia bronco-pulmonar, fibrosis quística y asma.
- Niños/as (mayores de 6 meses) y adultos con:
- enfermedades metabólicas, incluida diabetes mellitus
- obesidad mórbida (índice de masa corporal ≥ 40 en adultos, ≥ 35 en adolescentes o ≥ 3 DS en la infancia)
- insuficiencia renal
- hemoglobinopatías y anemias
- asplenia
- enfermedad hepática crónica
- enfermedades neuromusculares graves
- inmunosupresión, incluida la originada por la infección de VIH o por fármacos o en los receptores de trasplantes
- implante coclear o en espera del mismo
- trastornos y enfermedades que conllevan disfunción cognitiva: síndrome de Down, demencias y otras
En este grupo se hará un especial énfasis en aquellas personas que precisen seguimiento médico periódico o que hayan sido hospitalizadas en el año precedente
- Residentes en instituciones cerradas, de cualquier edad a partir de 6 meses, que padezcan procesos crónicos
- Niños/as y adolescentes, de 6 meses a 18 años, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetil salicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye tras la gripe
- Mujeres embarazadas en cualquier trimestre de gestación
- Trabajadores de los centros sanitarios, tanto de atención primaria como especializada y hospitalaria; pública y privada. Se hará especial énfasis en aquellos profesionales que atienden a pacientes de algunos de los grupos de alto riesgo anteriormente descritos
- Personas que por su ocupación trabajan en instituciones geriátricas o en centros de atención a enfermos crónicos, especialmente los que tengan contacto continuo con personas vulnerables
- Personas que proporcionen cuidados domiciliarios a pacientes de alto riesgo o ancianos
- Personas que conviven en el hogar, incluidos niños/as, con otras que pertenecen a algunos de los grupos de alto riesgo, por su condición clínica especial (citados en el punto 2)
4. Otros grupos en los que se recomienda la vacunación: Personas que trabajan en servicios públicos esenciales, con especial énfasis en los siguientes subgrupos:
- Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, con dependencia nacional, autonómica o local.
- Bomberos
- Servicios de protección civil.
- Personas que trabajan en los servicios de emergencia sanitarias.
- Trabajadores de instituciones penitenciarias y de otros centros de internamiento por resolución judicial.
- Personas que, por su ocupación, pueden estar en contacto con aves con sospecha o confirmación de infección por virus de gripe aviar altamente patogénico, especialmente:
- Las personas que están directamente involucradas en las tareas de control y erradicación de los brotes (destrucción de los animales muertos, limpieza y desinfección de las áreas infectadas)
- Las personas que viven y/o trabajan en granjas de aves donde se han notificado brotes, o se sospecha su existencia
Esta recomendación deberá actualizarse en función de las evidencias epidemiológicas sobre el patrón de presentación y difusión de la infección por virus de gripe aviar.CCOO presenta, ante la convocatoria del Consejo General de Mugeju sus propuestas para la mejora de los derechos de los y las mutualistas
5 nov 2019
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CCOO ha remitido a la Presidenta del Consejo General de la Mutualidad General Judicial una carta con las propuestas que hace CCOO para ser sometidas a debate y votación en la próxima reunión del Consejo General de la Mutualidad General Judicial que tendrá lugar el próximo día 4 de diciembre, órgano, cuyos participantes han sido designados a dedo y que sustituye a la Asamblea elegida democráticamente por los y las mutualistas.
CCOO rechaza la reforma de los órganos de gobierno de control y vigilancia en la gestión de la Mutualidad General Judicial realizada por la actual Ministra de Justicia Dolores Salgado mediante el Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial, aprobado a escondidas de los y las mutualistas rescatando un borrador que había sido rechazado hacía 6 años.
La supresión de la elección democrática de los representantes de los y las mutualistas fue realizado por esta Ministra de forma caciquil y autoritaria, con el único fin de eliminar las voces discrepantes con la gestión de la Mutualidad, que se debe a todos y todas las mutualistas, y no sólo a los de las carreras superiores. La supresión de la Asamblea de la Mugeju, y su cambio por un órgano en que sus integrantes se eligen a dedo por el CGPJ y la Ministra, sin proporcionalidad alguna entre los cuerpos y carreras, privilegiando a los de siempre, ha sido rechazada por CCOO e impugnada por la vía contencioso administrativa. Otros como el STAJ han sido premiados por la Ministra con una representación en los nuevos órganos que nunca le dieron los y las mutualistas, mientras la elección de nuestros representantes era democrática, pese a la inexistencia de propuestas e iniciativas de dicho sindicato en los últimos 15 años en la Mugeju.
Sin embargo, nuestro rechazo a la forma de elección del Consejo General de la Mugeju no nos debe impedir velar por las personas mutualistas como sindicato como siempre hemos hecho, con una trayectoria de años en la que hemos logrado importantes avances gracias a las propuestas constantes de CCOO.
La Ministra de Justicia, además, ha puesto impedimentos, hasta ahora inexistentes, para presentar propuestas en la Mugeju, exigiendo ahora que dichas propuestas sean apoyadas, para su simple toma en consideración, por una cuarta parte de los Consejeros y Consejeras del Consejo Rector. Pese a todos ello, CCOO ha decidido seguir adelante, y reclamar el traslado de nuestras propuestas al resto de Consejeros y Consejeras, para que avalen su toma en consideración.
Las propuestas que ha presentado CCOO para su debate y votación en el próximo Consejo General son, en resumen, las siguientes:
- Reclamación de lo qué se debe considerar urgencia vital para los y las mutualistas adscritos a entidades médicas privadas que acuden a servicios públicos de salud, para lo cual debería atenderse a síntomas cuya naturaleza hagan previsible un riesgo vital inminente o muy próximo o un daño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse una actuación terapéutica rápida, y no a un diagnóstico posterior, que es en lo que se basan las entidades médicas privadas, con la aquiescencia de la Gerencia de la Mugeju, para rechazar pagar dicha asistencia de urgencias.
- Demanda de participación de los y las mutualistas adscritos a las entidades médicas privadas, por sí o por medio de sus representantes, en las Comisiones Mixtas en que se debaten sus reclamaciones frente a las entidades médicas privadas.
- Propuesta de modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, a fin de que las aportaciones de los pensionistas de la Mutualidad General Judicial y sus beneficiarios sea la misma que la de los pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios.
- Atención con cargo de las entidades médicas privadas a los y las mutualistas adscritos a dichas entidades, en caso de asistencia de urgencia en municipios de menos de 20.000 habitantes por parte de los servicios públicos de salud, en caso de personas que sufran situaciones críticas agudas que obliguen a una atención no demorable, siempre que no se disponga de centros concertados en el municipio en el que se encuentre el beneficiario que origine la asistencia.
- Introducción, con el dinero no gastado de otras prestaciones, de “ayuda de tratamientos y terapias médicas no incluidas en la prestación sanitaria”, para la ayuda económica en caso de terapias o tratamientos de eficacia probada médica y científicamente o que precisen de dispositivos de control de patologías, no incluidos todavía en la cartera nacional de salud.
- Iniciativa, respecto de los y las mutualistas adscritos a entidades médicas privadas, para que las reclamaciones del pago de servicios médicos a éstas puedan presentarse a través de la Mugeju.
- Apertura de consultorios de asistencia médica de la Mutualidad General Judicial en los centros de trabajo que cuenten con 250 o más mutualistas trabajando.
Este Real Decreto ha sido recurrido por CCOO ante la Audiencia Nacional por, entre otras cuestiones, las siguientes:
a) porque se deroga el sistema de elección democrática por las y los mutualistas y se impone un sistema autoritario y con nombramientos a dedo por la ministra de Justicia
b) porque se elimina la representación de las y los mutualistas en proporción a sus cuotas (es imprescindible recordar que entre los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia sostenemos la Mugeju con más del 72 % de las cuotas y, en cambio, se reduce nuestra representación a menos del 43 %, mientras que a menos del 28 % de las cuotas de Jueces, Fiscales, Letrados, Médicos Forenses y Facultativos, se les asigna más del 57 % de la representación, más de la mayoría absoluta del Consejo). Es decir, ninguna de las propuestas de los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia para la mejora de Mugeju, podrá ser aprobada si cuenta con la oposición del resto de miembros del Consejo General, que además, insistimos, han sido nombrados a dedo.