JORNADA DE VERANO


7 jun 2017


JORNADA DE VERANO PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL 16 DE JUNIO AL 15 DE SEPTIEMBRE



Conforme regula la ​Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, en cuanto al cómputo anual de trabajo efectivo y se aprueba el calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia, radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia (ver archivo adjunto)​
 
Se establece la JORNADA DE VERANO, e indica al respecto que:

Durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y 15 de septiembre, ambos inclusive, se establece una jornada intensiva en los términos siguientes, teniendo en cuenta que, en cualquier caso habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, con respecto a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las quince horas.
 
Personal con jornada ordinaria solo de mañana: treinta y dos horas y treinta minutos semanales a desarrollar de lunes a viernes entre las ocho y las quince treinta horas, con obligada presencia de lunes a viernes entre las nueve y las catorce treinta horas.

​Por otro lado, recordamos que la mitad de nuestras vacaciones, a solicitar a través de la plataforma AINOA, deben disfrutarse entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, salvo que la Gerencia Territorial autorice de forma excepcional otros periodos.
 
 
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