La Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy mantener la validez y
eficacia de los acuerdos y las medidas adoptadas por este órgano en
relación con la pandemia de coronavirus COVID-19 en las sesiones de los
días 13, 14, 16, 18, 20, 23, 25, 26, 28, 30 y 31 de marzo y 2, 8, 13, 16
y 20 de abril de 2020 durante la nueva prórroga del estado de alarma
autorizada por el Congreso de los Diputados en su sesión del pasado
miércoles.
La decisión se ha adoptado una vez que el Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy el Real Decreto 492/2020, de 24 de abril, por el que se
prorroga hasta las 00:00 horas del próximo 10 de mayo el estado de
alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el
que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Entre los acuerdos cuya validez y eficacia se mantiene figura el
aprobado en la reunión extraordinaria mantenida por la Comisión
Permanente el pasado 14 de marzo por el que se dispuso la suspensión de
todas las actuaciones judiciales programadas y los plazos procesales que
tal decisión conlleva, salvo en los supuestos de servicios esenciales.
Los servicios esenciales son los aprobados por el Consejo General del
Poder Judicial el pasado 13 de marzo de forma coordinada con el
Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, con las
precisiones realizadas desde entonces (que
son... que se puede presentar demandas declarativas, ejecutivas,
escritos de trámite, tasaciones de costas, etc., aunque no se
correspondan con los servicios esenciales, que se deben dar trámite
hasta que se abra un plazo, y que incluso, se pueden notificar vía
LexNet todas las resoluciones judiciales o procesales que se dicten).
Viven en un estado de contradicción permanente, a costa de la seguridad y salud del resto.