Actualización del Impreso de Ayuda para Prestaciones Complementarias: dentarias, oftalmológicas, ortoprotésicas y otras.


19 ene 2020



En la página web de la MUGEJU se anuncia una actualización del impreso para las ayudas complementarias (dentarias, oftalmológicas,...).

Repasamos el contenido de estas prestaciones, requisitos, regulación, etc., que se detallan por la Mutualidad.

1. La Mutualidad General Judicial concede ayudas económicas para compra, alquiler, o reparaciones en su caso, de una serie de productos ortopédicos contenidos en el catálogo de material ortoprotésico, en el que además se regulan los períodos de carencia y los importes máximos de financiación, conforme se contiene en la Resolución de 4 de diciembre de 2019 (BOE 18/12/2019) que actualiza parcialmente el catálogo contenido en el anexo I de la Resolución de 6 de mayo de 2008 (BOE 23/05/2008).

La nueva Resolución afecta a los mutualistas adscritos a las entidades médicas privadas concertadas, y establece las reglas para el procedimiento de acceso a la prestación, su obtención, los requisitos generales de la prescripción y dispensación de los productos así como, para determinados productos ortoprotésicos, la aportación del usuario prevista en la repetida normativa. La ayuda por la prestación de productos de ortoprótesis externas se configura, por tanto, como un reintegro de gastos acreditados según factura.

La solicitud de la prestación se realizará cumplimentando el formulario correspondiente, accesible en la página web de la Mutualidad (www.mugeju.es), y presentándola en las Delegaciones Provinciales o a través de la sede electrónica (https://sedemugeju.gob.es/ ).
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

  1. La factura del establecimiento autorizado que haya efectuado la dispensación y que deberá reunir todos los requisitos legales y reglamentarios para su validez. En la misma deberá figurar el detalle de conceptos y precios así como la constancia del pago, o ir acompañada, en su caso, del correspondiente recibo que lo acredite, y
  2. El documento de la prescripción que habrá de realizar un médico especialista en la patología que la justifique.
2. Asimismo, MUGEJU concede ayudas económicas para prestaciones dentarias, oftalmológicas y otras prestaciones sanitarias, conforme a lo establecido en la Resolución de 4 de diciembre de 2019 (BOE 18/12/2019), por la que se actualiza la regulación de las prestaciones complementarias y se generaliza su tramitación en formato electrónico, a través de la sede electrónica (https://sedemugeju.gob.es/ ). No obstante, se podrán presentar las solicitudes en formato papel ante los Servicios Centrales, en las Delegaciones Provinciales o en cualquiera de los registros públicos legalmente habilitados indicados durante los días hábiles/laborables de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año natural.
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