MAGISTRADOS protestan por la deficiente implantación de la JUSTICIA DIGITAL


31 may 2017


DEFICIENTE IMPLANTACIÓN DE LA JUSTICIA DIGITAL





En la reunión del Pleno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de fecha 04.05.2017, la misma acuerda dirigirse al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial en relación a las deficiencias en la implantación de la JUSTICIA DIGITAL, y lo hace a propuesta del "grupo rebelde" que existe en el Pleno de la Sala.

Bienvenidos son este grupo de magistrados a las numerosísimas reclamaciones que hemos realizado desde CCOO al Ministerio de Justicia (con denuncias en prensa, con concentraciones a las puertas de las sedes judiciales,...) sobre las múltiples deficiencias en la implantación de las nuevas tecnologías en la administración de justicia, que está afectando seriamente al servicio público de calidad que debemos prestar a los ciudadanos.

Sumemos para que nos den SOLUCIONES, porque TODOS estamos en el mismo barco en distintos puestos, y sólo la responsabilidad, profesionalidad y buen hacer de todos los miembros que formamos parte de la Administración de Justicia está salvando la situación, una vez más.

¿Pero, hasta cuándo?

Trascripción de lo reflejado en el acta levantada de dicho pleno...

Tomar conocimiento del escrito de Dª Ana Descalzo Pino y otros dieciséis miembros de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 28 de abril de 2017, Registrado el 2 de mayo de 2017 en el que se solicita la inclusión en el orden del día del Pleno de 4 de mayo de 2017: “ 2.- Informe sobre la incidencia de la Digitalización en los Juzgados y Tribunales de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El Presidente procede en este momento a dar la palabra a la Secretaria de Gobierno de este Tribunal para que proceda a facilitar la información requerida.

Por esta Secretaria de Gobierno se informa de todas las actuaciones realizadas desde que se solicitó en el Pleno de esta Sala de Gobierno de 13 de diciembre de 2016, la elaboración de una ponencia sobre la implantación de Justicia Digital en el territorio de esta comunidad, y de lo que se ha ido dando cumplida cuenta en las reuniones de la Comisión Permiamente de esta Sala así como a todos los miembros del Pleno, así como de todos los escritos que, referentes a Justicia Digital, se han ido presentando por distintos integrantes de la carrera judicial de este territorio, los cuales han sido remitidos todos ellos al Ministerio de Justicia. Igualmente se les informa de las actuaciones previstas para irse acometiendo en fechas venideras al objeto de continuar con la implantación de la Digitalización en este territorio.

El Pleno de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia ACUERDA:

Reiterar el Acuerdo 7º.- [Expediente General Nº 48/2016] de la Comisión Permanente de esta Sala de Gobierno de 23 de enero de 2017, por el que se solicitaba del Consejo General del Poder Judicial una rápida intervención frente al Ministerio de Justicia para solventar las DEFICIENCIAS puestas de manifiesto en aquel por cuanto después de varios meses de experiencia con el expediente digital, la realidad es que las deficiencias de las aplicaciones que ya advertimos en los momentos iniciales siguen sin resolverse; en particular la total carencia de una herramienta digital para la dación de cuenta, que determina que deban utilizarse "sistemas" alternativos absolutamente distorsionadores y poco seguros, así como la falta de adaptación general de las aplicaciones al itinerario estrictamente procesal de competencia del Juez.

A lo anterior se ha unido, con preocupante reiteración en las últimas semanas, "caídas" del sistema o "incidencias masivas" que se prolongan por horas, durante las cuales es completamente imposible acceder a ninguna aplicación informática e incluso al propio pc, más allá de introducir la contraseña, de manera que, además de no poder firmarse ninguna resolución, por urgente que sea, los expedientes resultan por completo inaccesibles tanto para el juez, como para el letrado de la administración de justicia y los funcionarios, lo que impide radicalmente desarrollar el trabajo e incluso compromete la celebración de vistas, aun cuando la aplicación Fidelius funcione, en tanto que difícilmente puede celebrarse un juicio o cualquier otro acto procesal cuando se carece de posibilidad de consultar las actuaciones o exhibir a las partes o testigos los documentos o informes periciales incorporados a las mismas, así como tampoco informar a profesionales y justiciables, de cuando podrán volverse a consultar las actuaciones y desarrollar los actos procesales con normalidad.

A la vista de la situación expuesta se concluye la innecesaridad e inconveniencia de la ampliación a otros órganos judiciales de la implantación del expediente electrónico, considerándose preciso que, previamente a su extensión a otros órganos, se constate su perfecto desarrollo en los órganos judiciales en los que aquel ya ha sido implantado.

Comuníquese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, para su conocimiento, y al Ministerio de Justicia, a través de la Subdirección General de Programación de la Modernización.

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