Las mentiras sobre el Registro Civil del Ministro de Justicia
En el borrador de la reforma de la Ley 20/2011, del Registro Civil, remitido por el Ministerio, se establece la desaparición de los Juzgados de Paz como Oficinas Delegadas de Registro Civil y se posibilita la desaparición de todas las Oficinas de Registro Civil que no sean hoy Registro Civil exclusivo.
CCOO no firmará ningún acuerdo que no garantice oficinas en cada partido judicial y competencias delegadas en los Juzgados de Paz. El sindicato denuncia además que el Ministerio de Justicia no ha atendido ni una sola del resto de las reivindicaciones que presentaron en la mesa de negociación.
El Ministerio de Justicia, tras la reunión mantenida el 22 de febrero con los consejeros de Justicia de la Comunidades Autónomas con transferencias ha remitido a las organizaciones sindicales el borrador de la reforma de la Ley 20/2011 de Registro civil, que debería permitir llevar a cabo, al menos, todo aquello a lo que el Ministerio de Justicia se comprometió con las organizaciones sindicales el pasado 7 de febrero, y entre otras cosas que la demarcación territorial será la misma que la actual, con 431 oficinas abiertas, y que se mantendrían las oficinas delegadas en los Juzgados de Paz.
Nada más lejos de la realidad: la propuesta del Ministerio sólo modifica el artículo 22.1 de la Ley de Registro Civil para suprimir el límite de oficinas máximas que puede crear el Ministerio de Justicia o las Comunidades Autónomas con transferencias (tres por comunidad autónoma, más una en cada isla donde ya hay Registro Civil). Pero sigue estableciendo con carácter general que cada comunidad autónoma sólo está obligada a tener una Oficina General de Registro Civil, y le posibilita a crear otra más por cada 500.000 habitantes así como cuantas juzgue conveniente por razón de la distribución de la población o características del territorio. Los Juzgados de Paz carecerán de competencia alguna en materia registral, y sólo podrán recibir solicitudes para su remisión a la Oficina correspondiente.
Según el proyecto, la demarcación territorial actual, incluidas las oficinas delegadas en los Juzgados de Paz, únicamente se mantendrán hasta la completa implantación de las aplicaciones informáticas que permitan el funcionamiento del Registro Civil de forma íntegramente electrónica.
En otras palabras, el proyecto del Ministerio deja a la responsabilidad de la Administración competente (Ministerio de Justicia, comunidades autónomas con transferencias) la determinación de cuántas oficinas de Registro Civil va a haber en cada territorio. Esto además puede dar lugar a configuración de Oficinas de Registro Civil completamente dispar en todo el Estado (podría haber una sola oficina en una comunidad autónoma y 20 en otra). No garantiza en modo alguno la proximidad del Registro Civil a la ciudadanía, pues va a quedar a criterio de Administración la configuración territorial de sus Registros Civiles.
Además no se reconoce derecho alguno a trabajar en Oficinas Generales de Registros Civil a los funcionarios que hoy trabajan en Juzgados de Primera Instancia o Primera Instancia e Instrucción con funciones de Registro Civil y que en el futuro, tras la implantación de la nueva aplicación informática y la determinación de la organización territorial por cada Administración competente, desaparezca.
Todo ello supone que el Ministerio de Justicia mintió a las organizaciones sindicales en la reunión mantenida el pasado 7 de febrero en la que nos garantizó que defendería la permanencia de las oficinas actuales y que ha seguido mintiendo en los contactos mantenidos con posterioridad.
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