CCOO exige al Ministerio de Justicia el cumplimiento íntegro del acuerdo de 18.12.2015 y que no vincule su desarrollo a la reforma de la orden de interinos


31 mar 2016





  • Comienzan las negociaciones para el desarrollo del acuerdo Ministerio de Justicia-Sindicatos de 18 de diciembre de 2015 en lo relativo a la conversión de refuerzos en plantilla.

  • Para CCOO la negociación de la nueva orden no puede estar vinculada en absoluto a la puesta en marcha del punto segundo del acuerdo de 18.12.2015, pues no lo contempla el acuerdo ya que así se intentó por el Ministerio y fue rechazado por CCOO, y, además, vincular ambas cosas puede ser un intento intencionado de retrasar el cumplimiento del acuerdo.

La plantilla del territorio no transferido se incrementará en un número de plazas igual al número de refuerzos nombrados con anterioridad al 1 de enero de 2013, que asciende a 261 plazas de Gestión, Tramitación y Auxilio y a unas 40 plazas de Letrados de la Admón. de Justicia



CCOO se opone a la negociación en paralelo de la nueva orden de personal interino (que, además, en una primera lectura, rechazamos en muchos de sus apartados) que pretende el Ministerio toda vez que dicha negociación podría ser una excusa para retrasar el incremento de las plantillas con las plazas de refuerzo


PROPUESTAS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA:
En la reunión celebrada en el día de hoy, el Ministerio de Justicia ha planteado que la conversión en plantilla de las plazas de refuerzo de Gestión, Tramitación y Auxilio se haga en tres fases:

1.- Refuerzos en la Nueva Oficina Judicial y Fiscal 

En aquellos centros de trabajo en que están implantada la NOJ se procedería, según la propuesta del Ministerio, a la modificación inmediata de las RPT en los Servicios Comunes añadiéndose a dicha RPT los puestos de trabajo actualmente ocupados por personal de refuerzo desde antes del 1 de enero de 2013.

Además, en esta primera fase, se determinaría el número de plazas en que se aumentarían las RPT que sería el mismo número que las plazas de refuerzo existentes desde antes del 1 de enero de 2013 en las UPAD, aunque se negociaría en qué centros de trabajo se incrementaría la plantilla.

2.- Refuerzos en otras plazas del territorio no transferido en los distintos TSJ donde no está implantada la NOJ.
Se incrementará la plantilla en un número de plazas igual a las ocupadas por personal de refuerzo desde antes del 1 de Enero de 2013 y se negociará el centro de trabajo donde se produzca dicho incremento de plantilla que no tendrá que ser necesariamente el que actualmente está nombrado el refuerzo.

3.- Refuerzos en Órganos Centrales.

Se procederá igual que en el punto 2.

RELACIÓN DE PLAZAS DE REFUERZO NOMBRADOS ANTES 1.1.2013

El Ministerio entiende que debe plantearse paralelamente la modificación de la orden de selección y nombramiento del personal interino porque el Ministerio considera que si la orden no se modifica el interino o la interina que actualmente ocupa la plaza de refuerzo deberá cesar y nombrarse un nuevo compañero/a para esa plaza, hasta que las nuevas plazas de plantilla derivadas de la conversión en plantilla de los refuerzos sean ocupadas por personal titular en el concurso de traslado.

Aprovechando esta circunstancia el Ministerio pretende una modificación express de la orden de personal interino para que tengan preferencia absoluta en los nombramientos quienes hayan aprobado algún ejercicio de las dos últimas convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a cada uno de los cuerpos. Y en esa propuesta, el Ministerio de Justicia exige una de estas dos condiciones para formar parte de la bolsa; habrá que haber obtenido una puntuación mínima equivalente al 50 % de la nota máxima del primer ejercicio de uno de los dos últimos procesos selectivos o haber trabajado tres años al menos desde 2004.

En el cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia se procederá de forma similar, modificando las RPT donde sea preciso para consolidar en plantilla las plazas de refuerzo “estructurales” de más de tres años de antigüedad, existiendo dificultades para consolidar determinadas plazas de Secretarios que atienden a varios Juzgados que, probablemente, continuarán siendo de refuerzo aunque a cambio podrán consolidarse otras plazas en NOJ con menos de tres años de antigüedad.



PROPUESTAS DE CCOO:

  • Que la consolidación inmediata de los refuerzos en la misma plaza se haga extensiva, además de en los Servicios Comunes de la NOJ, en aquellos otros centros de trabajo en que, mediante acuerdo entre sindicatos y ministerio, se haya comprobado la necesidad estructural de dichas plazas.
  • Que todas estas plazas consolidadas se incluyan ya en el próximo concurso de traslado, para su cobertura inmediata por personal titular.
  • Que a continuación se negocien en qué puestos de trabajo quedarán incrementadas las plantillas en el mismo número que el resto de refuerzos existentes donde no está implantada la NOJ.
  • Que se modifique parcialmente y de forma inmediata la orden actual de selección y nombramiento de personal interino para que no sea cesada la persona que ocupa la plaza de refuerzo que se convierte en plaza de plantilla hasta que no sea ocupada por personal titular a través del correspondiente concurso de traslado. Respecto a la aprobación de una nueva orden, CCOO ha exigido una negociación que se haga sin prisas, para asegurar los derechos del personal interino y de los que superan los procesos selectivos sin obtener plaza. Además, en una primera lectura, rechazamos muchos de sus apartados.
  • Que se proceda a la apertura de negociaciones para el desarrollo del resto del Acuerdo Ministerio de Justicia-Sindicatos de 18 de diciembre de 2015, incluyéndose la negociación global de la nueva orden de personal interino y la nueva reglamentación de las sustituciones.
El Ministerio de Justicia ha contestado que estas nuevas plazas no serán incluidas en el próximo concurso de traslado ya que se retrasaría mucho la publicación del mismo.

Asimismo se ha comprometido a estudiar el resto de nuestras propuestas a las que dará contestación en la próxima reunión.

Además, CCOO, tras una primera lectura realizada en la tarde-noche de ayer, rechaza muchos de los aspectos del borrador de orden de nombramiento de personal interino que presenta el Ministerio de Justicia, porque no respeta los derechos del personal interino, pone en riesgo la seguridad jurídica en los nombramientos y en los ceses de este personal, se les somete a la arbitrariedad por parte de los responsables de los órganos judiciales respecto a la comprobación de su capacidad y ataca el principio, que nos ha costado años lograr, de que los derechos y deberes del personal interino se rigen por la misma normativa establecida y regulada (LOPJ y Reglamentos de ingreso y disciplinario) y, salvo la fijeza, son los mismos que los del personal funcionario de carrera.

CCOO, ha anunciado al Ministerio de Justicia que presentará alegaciones en el menor tiempo posible, y que exigimos una negociación pausada y sin prisas para lograr una nueva orden que respete los derechos del personal interino y de las personas que superan las pruebas de los procesos selectivos pero no obtienen plaza.

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