CCOO llama a parar la reforma de la LOPJ


8 abr 2014



El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de LOPJ que eliminará decenas de partidos judiciales y de órganos judiciales pues el mantenimiento de algunos centros de trabajo en las actuales cabeceras de partidos judiciales será excepcional, mientras insiste en la privatización de los actos de comunicación y ejecución que asigna a las procuradores (salvo los lanzamientos) y aprovecha para reducir de un 50 a un 30% las plazas de promoción interna en las oposiciones

GALLARDÓN MIENTE EN LA RUEDA DE PRENSA POSTERIOR AL CONSEJO DE MINISTROS ASEGURANDO QUE NO DESAPARECERÁN LOS JUZGADOS DE PAZ

Y VUELVE A MENTIR CUANDO ASEGURA QUE LOS TRIBUNALES PROVINCIALES DE INSTANCIA NO SUPONDRÁ LA DESAPARICIÓN DE SEDES JUDICIALES

LA REFORMA DE LA LOPJ DECRETA LA MOVILIDAD GEOGRÁFICA Y FUNCIONAL FORZOSA, AL ESTABLECER COMO CENTRO DE DESTINO EL CONJUNTO DE SERVICIOS COMUNES Y UNIDADES DE APOYO DIRECTO QUE RADIQUEN EN LA MISMA PROVINCIA


Para CCOO no está garantizado en absoluto el mantenimiento de todos los puestos de trabajo actuales y anunciamos un durísimo proceso de negociación y movilización si el Gobierno no garantiza el empleo, las retribuciones y la no existencia de procesos de movilidad geográfica forzosa.

Esta reforma también es un atentado a los derechos de la ciudadanía

CCOO LLAMA A PARAR ESTA REFORMA PORQUE ES UN DURO GOLPE QUE ATENTA GRAVEMENTE A LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS Y ALEJA AÚN MÁS LA JUSTICIA DE LA CIUDADANÍA

Para el próximo viernes, 11 de Abril, el Ministerio de Justicia ha convocado mesa sectorial de negociación en cuyo primer punto del orden del día se establecerá un calendario de negociación del anteproyecto de LOPJ, que anuncia, entre otras, las siguientes modificaciones sobre la actual, de las que CCOO ha venido advirtiendo de forma reiterada desde el mes de junio de 2013:

  • DESAPARICIÓN DE LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES.- Sus competencias actuales en 1ª Instancia pasarán a los nuevos Tribunales Provinciales de Instancia y los recursos a los TSJ.
  • CREACIÓN DE LOS TRIBUNALES PROVINCIALES DE INSTANCIA.- Asumirán además todas las competencias actuales de los Juzgados y su ámbito territorial será provincial, despareciendo así los partidos judiciales, y, con ello, decenas de órganos judiciales.
  • DESAPARICIÓN DE LOS JUZGADOS DE PAZ.- La presión ciudadana y sindical contra estas propuestas, que ya estaban contenidas en el documento elaborado por la “comisión de expertos” que ha servido de base a este anteproyecto de Ley, ha obligado al ministro Gallardón a maquillar el texto presentado y no ha tenido ningún empacho en mentir a la ciudadanía asegurando que “desaparecerán los jueces de paz pero no los juzgados de paz” cuando en el anteproyecto se contempla, no solo su cierre definitivo, sino también un periodo transitorio para el personal destinado en los Juzgados de Paz hasta la entrada en vigor de esta Ley en el que “las competencias jurisdiccionales atribuidas a los Juzgados de Paz corresponderán a los Juzgados de Primera Instancia o de Instrucción, y el personal al servicio de la Administración de Justicia que preste servicios en los Juzgados de Paz quedará adscrito al Servicio Común de Notificaciones y Embargos con sede en la que fuera hasta ahora cabecera del partido judicial del que dependiera, o se constituirá si no lo hubiere, aunque podrán constituirse unidades desplazadas del Servicio Común de Notificaciones y Embargos en aquellas localidades en las que sea necesario en atención a la población y trabajo existente, previa decisión de la Administración competente”.

  • GALLARDÓN SUPRIME LAS GARANTÍAS ACTUALES DEL CENTRO DE TRABAJO Y ESTABLECE COMO CENTRO DE DESTINO LA PROVINCIA.- Se amplía a la provincia el centro de destino para los trabajadores y trabajadoras. La Administración podrá imponer la movilidad geográfica y funcional dentro de la provincia, pues se accederá en las RPT a un servicio común o a una unidad de apoyo directo de ámbito provincial. Nadie estará ya destinado en un centro de trabajo concreto.

La exposición de motivos del anteproyecto de LOPJ expresa nítidamente esa posición de la movilidad forzosa: “la idea -de los Tribunales Provinciales de Instancia- (…) permitirá ganar flexibilidad y maximizar los recursos existentes (…) reasignando efectivos dentro del mismo órgano judicial -recordemos de ámbito provincial- para hacer frente a necesidades cambiantes del servicio público de la Justicia. (…) sin necesidad de crear o suprimir órganos judiciales ni alterar la planta existente.

  • PRIVATIZACIÓN DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN.- El texto presentado recoge literalmente que los Procuradores podrán realizar los actos procesales de comunicación judicial, embargos y ejecución, a excepción de los lanzamientos, así como otras tareas de auxilio y cooperación con los Tribunales” , lo que, además de suponer un inaceptable coste adicional a la ciudadanía, pone en peligro también centenares de puestos de trabajo de personal de justicia que en la actualidad realizan dichas actuaciones.


En esta misma línea, y en relación con la supresión de los juzgados de fuera de las capitales de provincia derivada de la implantación de los Tribunales Provinciales de Instancia, el texto presentado por el ministro recoge:

“Asimismo, en la Ley de Demarcación y Planta Judicial podrán establecerse sedes desplazadas de todas o alguna de las Salas de los Tribunales Provinciales de Instancia en aquellas localidades y municipios del territorio provincial en los que, a la entrada en vigor de la presente Ley, estuvieran radicadas sedes judiciales distintas de los Juzgados de Paz, en atención a la valoración conjunta de las siguientes circunstancias:

1ª. Volumen y dispersión de la población en el territorio provincial.
2ª. Relevancia de la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales existentes, según los módulos establecidos conforme a las determinaciones de la LOPJ.
3ª. Distancia de la sede desplazada a la capital de la provincia.
4ª. Tiempo de desplazamiento en transporte público desde la sede desplazada a la capital de la provincia.
5ª. Carácter uniprovincial de la Comunidad Autónoma.
6ª.Especiales características orográficas o geográficas del territorio provincial y, singularmente, las que dificulten los desplazamientos a la capital de la provincia.
7ª. Insularidad del territorio provincial.
8ª. Existencia, estado y posibilidad de aprovechamiento de edificios e infraestructuras judiciales existentes en la sede desplazada.
9ª. Posibilidad de amortización y de recuperación de las inversiones efectuadas en los edificios e infraestructuras judiciales de la sede desplazada.”

Este texto, repetimos, ha sido fruto de la presión ciudadana y sindical contraria al cierre de los juzgados de fuera de las capitales de provincia, pero no garantiza, en absoluto, el mantenimiento de todas las sedes judiciales actuales y, mucho menos, de los puestos de trabajo allí existentes. Por un lado, el mantenimiento o no de estas sedes tendrá que ser aprobado en la futura Ley de Planta que también se decidirá en las Cortes Generales a propuesta del Gobierno y de cuyo contenido la única noticia que tenemos es la propuesta elaborada por la “comisión de expertos” que no hace ninguna mención al respecto. De otra parte queda claro que estas sedes desplazadas de los tribunales provinciales de instancia solo se implantarán en las pocas actuales cabezas de partido judicial que cumplan los requisitos expresados de forma conjunta y, por tanto, otras muchas sedes quedarán definitivamente cerradas y sus trabajadores despedidos (en el caso del personal interino) o trasladados de localidad en el caso del personal de carrera, al igual que pasará en los juzgados de paz a los que nos hemos referido anteriormente.

Por último, CCOO quiere denunciar que el Ministerio de Justicia aprovecha, una vez más, para intentar colar “de tapadillo” y sin previo aviso importantes modificaciones en nuestro estatuto profesional. Como ejemplo, señalamos que las plazas de las ofertas de empleo público reservadas para la promoción interna se reducen del 50 al 30% en todos los cuerpos, aunque se establecen mecanismos de convocatorias de promoción interna (salvo hacia el cuerpo de Secretarios) independientes de las oposiciones.

De un estudio más minucioso de otras modificaciones de nuestras condiciones de trabajo que puedan contenerse en este anteproyecto de ley informaremos en breve tras el estudio exhaustivo del texto presentado.


CCOO DEFENDERÁ EN LA MESA DE NEGOCIACIÓN EL MANTENIMIENTO TODOS Y CADA UNO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO ACTUALES, LA CONVOCATORIA INMEDIATA DE OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO CON LA TOTALIDAD DE LAS PLAZAS VACANTES PARA ASEGURAR EL EMPLEO, LA NO REDUCCIÓN DE LAS ACTUALES RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS EN NINGÚN CASO, LA IMPOSIBILIDAD DE TRASLADOS DE LOCALIDAD FORZOSOS Y EL MANTENIMIENTO DE LAS FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN MANOS DE EMPLEADOS PÚBLICOS.

¡¡HAY QUE PARAR LAS  REFORMAS  DE GALLARDÓN, NO ESPERAR A SUFRIR SUS CONSECUENCIAS!!


MARTES,  8  de    ABRIL

CONCENTRACIONES
DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN TODA ESPAÑA

►► EN MADRID, a las  17:00 HORAS
ante el MINISTERIO DE JUSTICIA (C/ SAN BERNARDO 45)


(Convocan CCOO, STAJ y UGT)
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