Publicado en www.diariojuridico.com
La Comisión de Justicia del Congreso aprobó ayer por la tarde, con competencia legislativa plena, el proyecto de ley de agilización procesal, que se remite al Senado para continuar su tramitación parlamentaria. El informe elaborado por la ponencia fue votado en dos bloques. El primero, relativo a la disposición final segunda nueva, de reforma del artículo 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, fue aprobado por unanimidad.
El resto del informe, con las modificaciones incorporadas durante el trámite de ponencia, se aprobó con 22 votos a favor y 16 en contra.
El objeto de este proyecto de Ley es incorporar determinadas medidas de agilización procesal en los órdenes civil, penal y contencioso administrativo que obedecen al propósito común de suministrar a nuestros tribunales instrumentos procesales óptimos para la gestión procesal. Tales medidas son de distinto signo. Unas están encaminadas a garantizar derechos fundamentales de los ciudadanos, como ocurre en el caso del orden penal, otras a optimizar los procedimientos, a suprimir trámites procesales innecesarios o a sustituirlos por otros más breves, y otras, en cambio, están orientadas a limitar el uso abusivo de instancias judiciales.
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El resto del informe, con las modificaciones incorporadas durante el trámite de ponencia, se aprobó con 22 votos a favor y 16 en contra.
El objeto de este proyecto de Ley es incorporar determinadas medidas de agilización procesal en los órdenes civil, penal y contencioso administrativo que obedecen al propósito común de suministrar a nuestros tribunales instrumentos procesales óptimos para la gestión procesal. Tales medidas son de distinto signo. Unas están encaminadas a garantizar derechos fundamentales de los ciudadanos, como ocurre en el caso del orden penal, otras a optimizar los procedimientos, a suprimir trámites procesales innecesarios o a sustituirlos por otros más breves, y otras, en cambio, están orientadas a limitar el uso abusivo de instancias judiciales.
