Publicado en www.europapress.esConsideran excesivo que los servicios comunes tengan que prestar apoyo también a la Fiscalía y a los forenses
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado en su día por la Asociación Sindical de Secretarios de Administración de Justicia y el Colegio Nacional de Secretarios Judiciales contra el Reglamento aprobado en febrero de 2010 por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre criterios de homogeneización de los servicios comunes procesales, que es el modo de trabajo en el que se fundamenta la Nueva Oficina Judicial.
La resolución dada a conocer este miércoles por el alto tribunal avala el citado Reglamento pese a que los secretarios judiciales consideran que invade competencias del Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas, así como las atribuciones que les corresponden según el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales. La sentencia considera, sin embargo, que el Reglamento se ajusta a lo señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Los recurrentes también veían excesivo que la norma prevea el apoyo por parte del denominado servicio común procesal (que será compartido por varios juzgados para agilizar el trámite de los asuntos) a la Fiscalía y a los servicios de Medicina Legal, por entender que esta competencia de los secretarios debe ser prestada exclusivamente a los órganos judiciales.
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