Plazo computable para la exención de las prácticas tuteladas en el curso de acceso al Cuerpo de Tramitación, turno libre
Desde CCOO hemos puesto en conocimiento del Ministerio de Justicia las dudas que podrían darse en la interpretación del plazo computable para la exención de las prácticas tuteladas en el curso de acceso al Cuerpo de Tramitación, turno libre.
En la página web del ministerio aparecía que el plazo para solicitar la exención de prácticas tuteladas es desde el 15 al 25 de junio.
Sin embargo, esto podría dar lugar a interpretar que el tiempo de servicios prestados -seis meses dentro de los cinco años anteriores- que dan derecho a quedar exento de dichas prácticas tuteladas se computaría hasta el 25 de junio, cuando las propias bases de los procesos selectivos, establecen que el cómputo de los servicios prestados será, a estos efectos exclusivos, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de documentación (20 días) una vez nombrados en el BOE funcionarios en prácticas.
El Ministerio ha argumentado que por supuesto CCOO lleva razón y el plazo para computar los seis meses en cinco años de servicios prestados se computará hasta la finalización de la presentación de documentación, aunque adelantan el plazo para entregar la solicitud hasta el 25 de junio para adelantar el trabajo con una relación de los aprobados que están exentos seguros y no retrasar innecesariamente la tramitación del inicio del curso, luego solo tendrían que revisar los que cumplan el plazo de seis meses después del 25 de junio y dentro del plazo de cómputo que señalan las bases.
Por lo tanto, aquellos aprobados que cumplan el plazo de seis meses -en el periodo de cinco años- después del 25 de junio y hasta la fecha final de la presentación de documentación (fecha aún indeterminada) sería recomendable que lo aleguen así en la solicitud de exención.
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